20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Chile busca regular la comida chatarra

La Cámara de Diputados está analizando un proyecto que pretende regular la publicidad y prohibir la venta a menores de 14 años de alimentos con altas calorías. Además, la iniciativa prevé que en los envases se deberá detallar los componentes de los alimentos.

 
La Cámara de Diputados de Chile está analizando un proyecto de ley para regular la comida “chatarra”. La iniciativa establece pautas para su publicidad, reglas para quienes la comercialicen, planes de estudio en los colegios sobre una adecuada alimentación y prohíbe la venta de comida hipercalórica en los establecimientos educativos y a menores de 14 años.

El proyecto, que está en estudio en la Comisión de Salud, informó la oficina de prensa de la Cámara de Diputados chilena, centra sus objetivos principales en la salud de los menores de edad.

En los colegios no se permitirá que a los comidas se le agreguen aditivos innecesarios. Tampoco ninguna comida con altas calorías podrá ser vendida dentro de los colegios ni a 100 metros de ellos. Como política de salud los colegios deberán tener entre sus planes de estudio los hábitos de una alimentación saludable y los efectos nocivos de una dieta excesiva en grasa, ácidos grasos, azúcares y sal. Además, tampoco podrá ser comercializaba a los menores de 14 años.

Quienes comercialicen ese tipo de productos deberán asegurar “su inocuidad, fomentar un consumo racional y saludable, informar verazmente sobre la composición de sus productos, subproductos y componentes, y responder de los perjuicios que causen a los consumidores”, establece el proyecto.

Según la iniciativa, todos los alimentos deberán informar detalladamente en sus envases los ingredientes y nutrientes que lo componen. Los alimentos y comidas preparadas cuya composición nutricional presente elevados índices de calorías, deberán ser rotulados como "alimento hipercalórico", "alto en calorías", "alto en sal", o con otra denominación equivalente, según el caso. La autoridad sanitaria determinará qué alimentos presentan altos contenidos calóricos por unidad de consumo, volumen o peso, dice la moción.

El proyecto también regula la publicidad de la comida chatarra. Así, la venta de estos alimentos especialmente destinados a menores no podrá efectuarse mediante “ganchos” comerciales, como regalos, concursos, juegos, etx. Además, la publicidad de estos alimentos deberá llevar una advertencia de la autoridad sanitaria que señale los riesgos para la salud sobre su consumo abusivo o indebido.

Quien produjere o comercializare cualquier alimento que pueda generar daños en la salud de las personas por su sólo consumo, será sancionado con una multa económica y presidio menor en cualquiera de sus grados, establece el proyecto. Mientras que se estipulan sanciones más duras para quienes produzca alimentos en contacto con tóxicos o contaminantes.

El proyecto encarga la fiscalización de estas disposiciones a municipalidades, policías y servicios de salud.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486