En su resolución, Vasallo le solicitó al Departamento de Bioestadística de la Secretaría de Salud Pública de la provincia que en 30 días envíe los informes correspondientes a los últimos cinco años, de Entre Ríos y en especial de Gualeguaychú, sobre la existencia de dióxido de sulfuro, dioxinas o furanos en la población de niños, niñas y adolescentes hasta los 18 años de Gualeguaychú.
En el caso que esa información no exista el juez dispuso que se conforme un equipo de especialistas para determinar si los menores se encuentran “asintomática o libre del contaminante”. La información sobre la existencia de dióxido de sulfuro, dioxinas o furanos en menores de 18 años también fue requerida al Círculo Médico y la Municipalidad de Gualeguaychú.
Estas medidas fueron tomadas por el juez a partir de una medida cautelar solicitada por el Defensor General de Entre Ríos, Mendoza Mendoza, el 27 de septiembre: el día Internacional de los Derechos del Niño y que más de 20.000 personas, principalmente menores de edad, marcharon y reclamaron en contra de las papeleras.
El juez también le requirió a la Comisión Nacional de Energía Atómica que realice mediciones en Gualeguaychú para saber si existen en el medio ambiente “sustancias tóxicas utilizados en el proceso de blanqueo de la pulpa de papel, especialmente Dióxido de Sulfuro y de Dioxinas y Furanos”. Si los estudios dan positivo, la Comisión deberá informar la cantidad, composición y demás características para “determinar las fuentes de las mismas y en su caso la relación con la producción de pasta de papel”.
El plazo para que estas medidas se hagan efectivas es de 90 días, en caso necesario prorrogable por un periodo igual, a través del Poder Ejecutivo de la provincia de Entre Ríos y el Gobierno Municipal de Gualeguaychú.
En sus fundamentos, el magistrado explicó que “siendo público y notorio el debate local, regional, provincial, nacional e internacional que la temática convoca, se advierte no una situación de urgencia, sino una situación de emergencia, con el riesgo concreto y altamente probable que el derrotero convencional de un proceso determinado en sentido distinto del aquí planteado, derive no sólo injusto sino además inmoral (provocando una sensación de desamparo en el inconciente colectivo) correspondiendo el avance en su decreto”.
La sociedad de Entre Ríos rechaza la instalación de dos papeleras que se están construyendo en Fray Bentos, ciudad uruguaya, separada de Gualeguaychú por el Río Uruguay. El rechazo es por la contaminación ambiental que su trabajo produciría a los habitantes de Gualeguaychú y al río.