22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

El abuso que más duele

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional procesó a un hombre que manoseó a una nena de nueve años dentro de su camión, por el delito de abuso sexual simple. El imputado le ofreció dinero a la madre de la menor para que no lo denuncie pero ésta le preparó una emboscada y lo entregó a la policía. Los jueces tuvieron en cuenta el testimonio de la víctima para probar el hecho. FALLO COMPLETO

 
Lo resolvió la Sala I de la Cámara del Crimen en autos “Albrecht, Mario Eldemar s/procesamiento” a raíz del recurso interpuesto por la defensora oficial del imputado contra la resolución que dispuso el procesamiento de Mario Eldemar Albrecht por considerarlo, prima facie, autor penalmente responsable del delito de abuso sexual agravado por resultar gravemente ultrajante para la víctima.

Se le imputa a Albrecht haber abusado sexualmente de una menor de nueve años de edad, el 13 de marzo de este año, en el interior de su camión Mercedenz Benz, dominio AWK-320, que se encontraba estacionado en el patio del domicilio ubicado en la calle Manuel Rodríguez 1566 de esta ciudad.

En ese momento, la menor se encontraba en la vivienda de su tío, cuando el imputado, pariente del nombrado, le ofreció dinero a cambio de ayudarlo a limpiar el camión. Dentro del mismo, la obligó a sentarse en la cama existente en la cabina del vehículo, para luego tomarla por la fuerza, sacarle el pantalón y la ropa interior, y, a continuación, besarla en la vagina e introducirle uno de sus dedos en la misma.

El tribunal consideró que debe confirmarse el pronunciamiento recurrido, toda vez que se cuenta con un cuadro cargoso que resulta suficiente para acreditar la materialidad del hecho y la responsabilidad que le cupo al imputado. Para ello se valoraron las declaraciones prestadas por la madre de la víctima, quien explicó que el día del hecho se encontraba junto con su hija Vanesa en la casa de su cuñado, junto con el hijo de éste y el imputado, quien es primo de su cuñado.

La mujer notó un comportamiento extraño de la nena. Transcurrido un breve lapso, se acercó a la declarante y le manifestó: “Mami, tengo un secreto, un secretísimo para contarte”, ante lo cual se dirigieron ambas al baño donde la menor le relató el abuso sexual que había sufrido por parte del imputado.

Luego, antes de hacer la denuncia policial, la madre contó que consiguió el número del teléfono celular correspondiente al imputado y, al comunicarse con él, éste le solicitó que no lo denunciara “que él también tenía tres hijos, y se iban a morir de hambre”, y hasta le ofreció dinero para impedir que acudiera a la policía.

La mujer aceptó un encuentro en Avda. La Plata y Directorio, antes de avisar a la policía. Cuando llegó al lugar, los efectivos de la policía detuvieron al imputado.

También los jueces valoraron el testimonio de la menor, vertidos en una entrevista que se realizó de acuerdo a lo establecido en el art. 250 bis del CPPN, oportunidad en la que relató las circunstancias en las cuales se produjo el abuso sexual.

Sin embargo, el tribunal estimó que no resulta adecuada la calificación legal adoptada por el juez de grado, esto es, abuso sexual agravado por resultar gravemente ultrajante para la víctima, porque “no se advierte la concurrencia de circunstancia alguna que torne aplicable al caso la figura agravada por sobre el tipo básico de abuso sexual”.

“El primer supuesto previsto por la norma, requiere que el acto se prolongue temporalmente, lo que puede deberse a que dura más tiempo del normal requerido para la realización del abuso, o que se trate de una modalidad reiterada, o continuada a través del tiempo, circunstancias que, como se advierte, no han concurrido en el caso bajo análisis, en el cual el acto abusivo se produjo en un único momento, cuya duración ha sido breve”, concluyeron los jueces.



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