04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

La impunidad pierde otra batalla

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó el procesamiento de los ex represores Jorge Perrén, Pablo García Velasco y Alberto González, y el contador Roberto Maver. Las conductas de los acusados fueron encuadradas en los delitos de asociación ilícita, privación ilegitima de la libertad y extorsión. El accionar de los imputados tuvo como finalidad lograr la apropiación ilegal de los bienes de algunas personas que permanecían en cautiverio. No obstante el tribunal ordenó la libertad de Eduardo Enrique Massera. FALLO COMPLETO

 
Lo resolvieron los jueces Martín Irurzun y Eduardo Luraschi, que integran la Sala II del fuero, en autos caratulados “Perren, Jorge Enrique y otros s/ procesamiento”. En la resolución, la Cámara confirmó los procesamientos de los ex represores Jorge Perrén, Pablo García Velasco y Alberto González, por los delitos de asociación ilícita, en calidad de integrante, extorsión y privación ilegítima de la libertad agravada (arts. 210 primer párrafo, 168, 144 bis inc. 1 y último párrafo y 142 inc. 1 y 5 del Código Penal) todos integrantes del grupo de tareas 3.3.2. que actuaba en la ESMA y secuestró a Conrado Gómez el 10 de enero de 1977. También se confirmó el procesamiento contra el contador Roberto Maver, por el delito de encubrimiento (art. 277 inc. 3 del Código Penal), quien esta acusado de participar mediante el arte propio de profesión en el encubrimiento de las maniobras que realizaba el grupo de tareas.

En primera instancia, el juez Sergio Torres había encontrado elementos suficientes para procesar al hijo de Massera por la supuesta comisión de los delitos de por los delitos de asociación ilícita, en calidad de integrante, extorsión y privación ilegítima de la libertad agravada (arts. 210 primer párrafo, 168, 144 bis inc. 1 y último párrafo y 142 inc. 1 y 5 del Código Penal) y le trabó un embargo de $1.250.000, pero sin embargo ahora quedó imputado sólo por asociación ilícita y esa suma se redujo a $500.000.

En la causa se investiga el secuestro de varias personas que fueron alojadas clandestinamente en la ESMA, entre ellos Gómez, y que sufrieron luego el desapoderamiento de sus bienes, planificado y “ejecutado“ por los ex represores, según la investigación del juez Torres.

En la mayoría de los casos, se obligaba a los detenidos a firmar documentos para la transmisión de bienes registrables o se les sustraían valores de sus domicilios. Las maniobras consistían en la realización de “transacciones simuladas“ de sociedades que formaban los militares y civiles y que incorporaban en forma ilícita el patrimonio de los detenidos. Además, se habían montado en la misma ESMA laboratorios para la falsificación de todos los documentos que eran necesarios para hacer efectivos los despojos.

El grupo de Tareas 3.3.2. se dividía en tres sectores: inteligencia, operación y logística.La actividad central del sector inteligencia, comandado por Jorge Acosta, y del que formaban parte Francies Whamond, alias “Pablo” o “Duque”, Antonio Pernías alias “Rata”, “Martín” o “Trueno”, el oficial Sheller apodado “Mariano” o “Pingüino”, y al que se les sumaron Pablo Eduardo García Velasco apodado “Dante” y Alberto Eduardo González, conocido como González Menotti y apodado “Gato”, consistía en realizar tareas de investigación e interrogar a los detenidos, aunque también podían participar en la detención de personas determinadas.

Por otra parte, el Sector Operativo llevaba adelante los secuestros y el patrullaje de las calles. Por último, estaba el grupo de logística, en el que se encontraba Jorge Rádice, alias “Ruger” o “Gabriel” (quien también participaba de los secuestros) y el teniente de Navio Spinelli alias “Felipe”, entre otros, era el que se dedicaba a la administración de los bienes que eran sustraídos a los secuestrados.

Uno de los casos fue el robo de los bienes de la sociedad “Cerro Largo“ de la localidad de “Chacras de Coria“ en Mendoza, que pertenecía a Conrado Gómez, Horacio Palma, Victorio Cerutti y Omar Massera Pincolini (quien no tenía parentesco alguno con el ex represor), a quienes se les hizo suscribir diversos documentos, y hasta actas de actuación de la asamblea societaria que daban cuenta del traspaso de los bienes a los militares que ocultaban su identidad con otros nombres y documentos.

En la alzada los magistrados Martín Irurzun y Eduardo Luraschi, afirmaron que “no existen elementos suficientes para confirmar” lo dispuesto en primera instancia “en cuanto a la participación de Massera en la privación ilegal de la libertad sufrida por Conrado Higinio Gómez y en la extorsión que sufriera junto con Victorio Cerutti”.

En consecuencia, ordenaron “profundizar la investigación, ya que el plexo probatorio reunido hasta el momento no resulta suficiente para endilgarle responsabilidad”. En cambio, destacaron que “está probada su intervención en la organización criminal que aquí se investiga” y señalaron que “se acreditó la participación del imputado Massera en el marco de la operatoria que se había montado para apoderarse de los bienes sustraídos y ocultar su origen ilícito”.

Los camaristas citaron la declaración de numerosos testigos, pero además recordaron “la acreditada participación de Eduardo Massera en “Misa Chico SA”, que se desprende del informe de la Inspección General de Justicia donde consta que, a la fecha en que esa sociedad adquirió los terrenos que le fueran despojados a Gómez, la mayoría del paquete accionario de la sociedad (90%) adquirente pertenecía a este imputado”.

En la misma resolución, también se dictó la falta de mérito de Domingo Limardo y Susana Venditto, vinculados a las sociedades ilegales y quienes en primera instancia habían sido procesados.



dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486