El ministro hizo estas declaraciones en el marco de una conferencia de la que participaron Francisco Fuster, subsecretario de Justicia; Rodolfo Bardengo, Interventor en la Dirección Nacional de los Registros Automotor y los titulares de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, del Consejo Federal del Notariado Argentino y de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, entidades que participaran en los jurados de selección.
De la Rúa resolvió darle mayor transparencia al proceso de elección de los nuevos titulares de los Registros a través de la convocatoria a concurso público, así como profesionalizar las designaciones mediante una serie de requisitos que deberán certificar los futuros postulantes.
"Decidimos darle absoluta transparencia a la selección de los titulares. Hemos llamado a las máximas autoridades profesionales en este tema", afirmó el ministro, quien remarcó que “renunciamos a la discrecionalidad; moneda vil en la adjudicación de los registros automotor".
Las nuevas condiciones para las designaciones de Encargados Titulares de Registros Seccionales de la Propiedad Automotor dispuestas, establecen que las selecciones se efectuarán previo concurso público que será convocado por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios.
En la elección de los nuevos titulares de los registros automotores se dará prioridad a los profesionales con antecedentes en los cargos a cubrir. Sin embargo, todos los candidatos deberán certificar, sin excepción alguna:
- título habilitante de abogado, contador público o escribano y cinco años
de experiencia profesional;
- lugar de residencia a una distancia no mayor de 100 kilómetros de la sede
del registro que corresponda;
- solvencia económica y financiera suficiente para constituir la garantía
prevista e indicar la forma en que la harán efectiva, adjuntando un informe
acerca de antecedentes comerciales y financieros;
- ausencia de antecedentes penales;
- certificados de aptitud psicofísica otorgados por el establecimiento de
salud pública.
Asimismo, se determinó que en ningún caso podrán ser postulantes los funcionarios del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos o sus parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, prohibición que regirá no sólo durante sus funciones sino hasta transcurrido tres años desde el cese en el cargo.
Con respecto a la garantía financiera que deberán acreditar, a partir de ahora, los encargados de registro, estará destinada a cubrir sus eventuales responsabilidades por los daños y perjuicios que puedan provocar como consecuencia o resultado de su función.
Tanto los montos, como la forma, instrumentación y demás requisitos que hagan a las garantías, serán establecidas por la Subsecretaría de Coordinación del Ministerio.
En relación al concurso público, sólo podrán intervenir un máximo de veinte postulantes y, en caso de exceder esa cantidad, se procederá a un sorteo.
Quienes finalmente concursen, deberán contar con el juicio unánime del respectivo Tribunal Evaluador, encargado de examinar a los aspirantes con el fin de acreditar su capacidad y conocimientos teóricos y prácticos para el ejercicio de su función. Estos tribunales estarán integrados por profesionales propuestos por la Federación Argentina de Colegios de Abogados, el Consejo Federal del Notariado Argentino y la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.