22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Adiós a la detención domiciliaria

DiarioJudicial.com publica hoy la resolución del juez federal Ariel Lijo que le revocó el beneficio de la detención domiciliaria a Pascual Oscar Guerrieri, detenido por la desaparición de 20 personas. El juez envió a Guerrieri a la cárcel de Marcos Paz. El magistrado consideró que la custodia de los detenidos corresponde al Servicio Penitenciario Federal y no a las Fuerzas Armadas. TEXTO COMPLETO

 
El represor Pascual Oscar Guerrieri, procesado por delitos de lesa humanidad, fue enviado a la cárcel de Marcos Paz por violar “al menos en cuatro oportunidades” la prisión domiciliaria de la que gozaba. La decisión la tomó el juez federal Ariel Lijo con las pruebas aportadas por un programa de televisión y el llamado telefónico que recibió el sábado 1 de abril del coronel Edgardo Carloni para informarle que Guerrieri estaba en el Regimiento de Infantería I Patricios.

Lijo envió a Guerrieri a una cárcel común este miércoles ya que la tarea de custodia no corresponde a las Fuerzas Armadas. En su resolución el titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal Nº 4 recordó que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal afirmó que “la custodia de los detenidos debe ser llevada a cabo por el Servicio Penitenciario Federal y que asignar esa tarea a las Fuerzas Armadas, cuyo destino ha sido creado para otros fines, significa una improcedente asignación de tareas”.

El juez explicó que las Fuerzas Armadas no se encargan de la seguridad interior del país (Ley 24.050) sino de las agresiones externas (Ley de Defensa Nacional 23.554). “Por tal motivo, dispondré alojar a Pascual Oscar Guerrieri en el Complejo Penitenciario II de Marcos Paz”, concluyó Lijo.

Guerrieri, coronel del ejército y ex miembro del Batallón de Inteligencia 601 durante la última dictadura militar, gozaba de la detención domiciliaria desde el 30 de diciembre de 2004 cuando cumplió 70 años (edad a partir de la cual se puede gozar de ese beneficio). Había sido detenido el 11 de julio de 2002 y procesado con prisión preventiva el 12 de septiembre de 2002 acusado por la desaparición de 20 personas en 1980 durante lo que se conoció como la contraofensiva de Montoneros.

La Justicia lo había autorizado a salir de su casa tres veces por semana a las 14:45 para ir al Círculo Militar de Olivos y caminar cuatro kilómetros por prescripción de un médico del Ejército.

El sábado 1 de abril el jefe de Asuntos Humanitarios del Estado Mayor General del Ejército, coronel Edgardo Carloni, llamó a Lijo para informarle que Guerrieri estaba en el Regimiento de Infantería I por lo que el juez ordenó que quede detenido en Campo de Mayo. Cuando el represor declaró ante el juez reconoció haber salido del domicilio donde debía cumplir el arresto y dijo que “había ido en el automóvil de un amigo hasta una óptica situada en Olivos” explicó el juez.

Además, Guerrieri fue filmado por las cámaras del programa “Caiga quien caiga” fuera de su casa (Figueroa Alcorta 7184) los días 18, 25 y 28 de marzo y ese 1 de abril. Esas imágenes fueron entregadas a la Justicia y muestran a Guerrieri tomando el colectivo 42, esperando el ferrocarril Mitre, caminando por Juramento y Arribeños, saliendo de casa con ropa deportiva.

“Estas actividades del imputado fuera de su domicilio se realizaron sin ninguna clase de autorización por parte de este tribunal, como así tampoco, del señor juez a cargo del Juzgado Federal Nº 4 de Rosario, quien también tiene detenido a su disposición a Guerrieri” señaló Lijo en su sentencia. El juez agregó que esas salidas tampoco “se han visto motivadas por alguna causa de urgencia”.

Guerrieri “quebrantó injustificadamente, por lo menos en cuatro ocasiones, todas ellas en horas cercanas al mediodía, la obligación de permanecer en el domicilio que se le fijó para cumplir su arresto domiciliario”, afirmó el juez.



dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486