01 de Julio de 2024
Edición 6996 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/07/2024

Los jueces de Entre Ríos deberán tener sus causas al día si quieren jubilarse

Así lo dispuso el Superior Tribunal de Justicia de la provincia y se lo recordó a los magistrados días atrás porque se encontraron expedientes atrasados en el dictado de sentencias. El máximo tribunal le pidió al Poder Ejecutivo y Legislativo que sancione una norma que condicione la jubilación de los jueces a la culminación de su trabajo.

 
Los jueces de Entre Ríos no deben tener morosidad en sus expedientes para poder jubilarse. Así lo dispuso el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia el año pasado y días atrás se lo recordó a los magistrados próximos a obtener ese beneficio ya que detectaron retraso en algunos casos.

Según informó la oficina de prensa del STJ entrerriano “en algunos despachos de magistrados judiciales provinciales que se acogieron al beneficio jubilatorio, se encontraron expedientes atrasados en el dictado de sentencias. Y en rigor, la situación no es una novedad, para el Poder Judicial de Entre Ríos”.

Como la morosidad parecía ser moneda corriente, los ministros del STJ le recordaron días atrás a los jueces próximos a jubilarse una disposición del año pasado: que están obligados de comunicarles el inicio del tramite previsional y que el máximo tribunal puede “disponer inspecciones del organismo pertinente y, en la oportunidad de efectivizarse el retiro del juez o funcionario, dar a publicidad el estado de su despacho y las carátulas de los juicios con plazo vencido para dictar sentencia o emitir dictamen, sin perjuicio de gestionar otras medidas normativas a los poderes Legislativo y Ejecutivo”.

La medida abarca a magistrados y funcionarios del Poder Judicial y del Ministerios Público Fiscal a quienes el STJ les recomendó que, en las medidas de sus posibilidades, ejerzan “una actividad constante” sobre sus tribunales.

La idea de ejercer un control sobre los juzgados cuando el magistrado se jubile surgió de un juez de Concordia. En junio del año pasado le solicitó al STJ que se dicte “una normativa que contemple que ante la jubilación de un magistrado se condicione su cese, a la culminación de las tareas pendientes o, en caso concreto, hasta que presente su despacho sin atraso”. El máximo tribunal, según su oficina de prensa, le comunicó a ambos poderes el pedido para que se genere una normativa en ese sentido.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486