La decisión la tomó el máximo tribunal provincial el pasado 21 de abril, a través de la Acordada 19.499, luego de que “diversos sectores de la sociedad civil han optado por manifestar en grupos de personas en la misma sede del Tribunal, lo que puede interpretarse como un intento de presión para solicitar información y/o resolución de diversas acciones procesales en trámite”.
La referencia es a una protesta que el gremio de los empleados estatales realizó en los tribunales mendocinos. Los empleados están en juicio con el estado porque el gobierno les quitó el ítem de antigüedad, que después fue repuesto.
La manifestación se produjo hace dos semanas y los empleados pidieron hablar con los miembros de la Corte que se negaron a atenderlos bajo presión. Finalmente los recibió el presidente del tribunal, Jorge Nanclares, y les explicó que no correspondía reunirse con sólo una de las partes de conflicto.
Por este hecho resolvieron sacar una acordada que lleva la firma de los ministros Nanclares, Fernando Romano, Aída Kemelmajer de Carlucci, Carlos Bohm, Alejandro Perez Hualde, Pedro Llorente y Herman Salvini.
“Hacer saber que esta Suprema Corte de Justicia y los jueces que pertenecen al Poder Judicial en todas sus instancias no mantendrán diálogos con interesado alguno en los procesos en que interviene sin la efectiva presencia de la contraparte”, fija la acordada.
La Corte fundamentó su decisión en que los jueces “deben actuar de manera que la sociedad perciba claramente que son independientes de toda influencia política, económica, social o mediática, es decir en forma imparcial e independiente”.
Sobre el derecho de peticionar, el máximo tribunal se mostró “respetuoso del derecho de peticionar a las autoridades de cualquier ciudadano siempre que el mismo no exceda el marco de razonabilidad, transformándose en intento de presiones que puedan sembrar dudas sobre la posterior decisión que deberá adoptar el magistrado”.
Los jueces también hicieron hincapié en las “manifestaciones tumultuosas dentro de los espacios de los Tribunales”. Los magistrados explicaron que “la afectación de la independencia judicial es aún mayor porque provoca la deformación total de la interpretación posterior de las decisiones judiciales ya que, de ser ellas a favor de los manifestantes, podría llevar a pensar erróneamente en el éxito de la vía de hecho irregular; por el contrario, una decisión adversa podría llevar a la, también errónea, conclusión de que podría tratarse de una represalia”.
En la acordada la Corte también instó a que las partes de un conflicto judicial canalicen sus pedidos por las vías ordinarias. Así, se exhortó “a las autoridades de los otros Poderes del Estado, a los profesionales intervinientes y a quienes conjunta o individualmente poseen reclamos encausados ante los Tribunales de la Provincia en general, a evitar el empleo de toda forma de vía de hecho, individual o colectiva, que tienda a procurar gestiones que deben ser canalizadas por las vías institucionales y procesales que la ley contempla”.