Lo resolvió la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional en autos caratulados “Debray, Mario Agustín s/procesamiento” a raíz del recurso de apelación interpuesto por la defensa del imputado, contra la resolución que decretó el procesamiento, sin prisión preventiva, de su defendido por considerarlo prima facie autor penalmente responsable de los delitos de robo simple consumado en concurso real con robo en grado de tentativa, agravado por haber sido cometido por un menor de 18 años de edad.
El imputado está acusado por dos hechos. El primero ocurrió el 30 de junio del 2005. Ese día, según consta en la causa, Debray habría ingresado, junto a otra hombre apodado “Navidad”, al colegio “Instituto San Pedro” para robar varios elementos. Los dos sujetos ingresaron por una ventana del jardín de infantes, tras cortar una reja que la protegía y se apoderaron de un equipo de música, un teléfono, la suma de $900 en efectivo, un scanner, siete CPU de computadoras, un servidor de red, una impresora HP y un teléfono celular.
El otro hecho sucedió el 12 de julio de 2005, cuando junto a C. J. S., de 15 años de edad, el imputado ingresó con fines de robo a la escuela Nº 30 Dr. Gascón, ubicada en la intersección de las calles Víctor Hugo y San Blas, de esta ciudad. Para ello habrían saltado una cerca de casi dos metros y habrían utilizado una barreta a modo de palanca. Luego, previo romper una reja que cubría la abertura de una ventana, accedieron al interior de la institución, pero no alcanzaron a robar nada por la inmediata intervención policial.
El tribunal decidió homologar la resolución de primera instancia luego de analizar los testimonios y las pruebas recogidas. Respecto al primer hecho, los jueces destacaron el relato del Inspector Rafael Abel Araya, quien encontró en el lugar una hoja con un plano de la planta baja del colegio con una mancha de sangre, la que fue secuestrada y peritada.
“En esas condiciones, existe la certeza exigida por el art. 306 del CPPN, en cuanto a la materialización del evento investigado en autos, como también acerca de la participación que en éste tuvo Mario Agustín Debray. Pues, además de las pruebas ya reseñadas, la División Rastros de la PFA realizó una minuciosa inspección del lugar del hecho, en procura de rastros papilares que pudieran haber dejado el autor o autores del evento, siendo que así se lograron varios diseños; dos de ellos con resultado positivo, puesto que se identificaron con el legajo de Mario Agustín Debray”, dijo el juez preopinante.
En cuanto al segundo hecho, los jueces también coincidieron que se reunieron suficientes elementos para acreditar tanto la producción del hecho delictivo, como la participación del imputado en el mismo. Vale recordar que en ese caso no se llegó a consumar el robo: la denuncia del portero del establecimiento alertó a la policía que llegó inmediatamente al lugar y detuvo al imputado y a un menor.
Casi al final de la resolución, el tribunal destacó las semejanzas entre el
modus operandi de los hechos examinados: establecimientos escolares, la violencia en sus defensas y las zonas involucradas.
dju / dju
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