20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Reforma al Consejo:
Radiografía del pedido de inconstitucionalidad interpuesto ante la Corte

Diariojudicial.com publica la acción declarativa de inconstitucionalidad contra la reforma al Consejo de la Magistratura presentada en el Máximo Tribunal. Absurda, arbitraria e inconstitucional, califica a la nueva ley. Critica el papel preponderante del sector político y la reducción de los abogados. Cuáles son los argumentos contra la reforma y la definición del término equilibrio. TEXTO COMPLETO

 
“Absurda, arbitraria e inconstitucional”. Así calificaron la reforma al Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados los cuatro abogados que este miércoles presentaron una acción declarativa de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia.

La acción, de 388 hojas y que puede leerse completa en el archivo adjunto de esta nota, fue presentada por el presidente de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA), Carlos Andreucci, el presidente del Colegio de Abogados de La Plata, Pedro Auge, y otros dos letrados. A su vez, la FACA presentó la misma acción ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, donde se tramitan los amparos contra la reforma.

El pedido de inconstitucionalidad hace eje en que la reforma, aprobada por el Congreso el 22 de febrero pasado, no respeta el equilibro que pide la Constitución Nacional para integrar el Consejo y en que los abogados quedan en desigualdad frente a los restantes estamentos que integran el cuerpo.

La reforma “comporta(n) una inexcusable violación del orden jurídico constitucional, vulnerando lo dispuesto por los artículos 100, 114 y 115 de la Constitución Nacional, procurándose con esta acción la tutela jurisdiccional frente a la conducta ilegítima , absurda, arbitraria e inconstitucional del Poder Legislativo de la Nación y del Poder Ejecutivo, que produce violaciones a la Constitución Nacional cercenando el equilibrio requerido por la Constitución Nacional para integrar el Consejo de la Magistratura de la Nación”, señala uno de los párrafos de la presentación.

Actualmente, el Consejo está integrado por 20 miembros (cuatro jueces, dos académicos, el presidente de la Corte, un representante del Poder Ejecutivo, dos diputados y dos senadores por la mayoría y dos diputados y dos senadores por la primera y segunda minoría y cuatro abogados). Cuando entre en vigencia la Ley 26.080 de reforma, en noviembre próximo, el Consejo quedará con 13 integrantes: tres diputados y tres senadores (dos por la mayoría y uno por la minoría), tres jueces, el representante del Poder Ejecutivo, dos abogados y un académico.

La reforma, “pone a los abogados en severa desigualdad frente a las otras representaciones”, señala la acción y agrega que al reformar el Consejo “se legisló en desequilibrio”. La referencia es al artículo 114 de la Constitución Nacional, introducido en la reforma de 1994, que manda integrar el Consejo “de modo que se procure el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultante de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal. Será integrado, asimismo, por otras personas del ámbito académico y científico, en el número y la forma que indique la ley”.

Haciendo números, los abogados concluyeron que actualmente el sector político tiene el 45 por ciento de la representación en el Consejo (9 miembros sobre 20) y con la reforma ese porcentaje se eleva al 53,87. “El sector político fue reducido, al igual que el de los jueces en un 25%, mientras el de los abogados y académicos en un 50%. No se justifica esa disminución diferenciada. De allí que resulta ineludible la tacha y declaración de su inconstitucionalidad”.

La acción presentada también busca encontrar una definición de equilibrio. “El término ´equilibrio´ previsto en el art. 114 de la CN debe interpretarse como igualdad numérica entre los tres estamentos: legisladores, jueces y abogados”, señalaron los abogados que también citaron al ex ministro de Justicia Ricardo Gil Lavedra para darle una interpretación a la reforma constitucional.

“Lo que quiere el constituyente, a mi juicio, es que cuando dice “equilibrio” no haya ningún sector que prevalezca sobre el otro, que el Consejo pueda ser plural, es decir que no haya hegemonía de algún sector sobre el otro; que ninguno pueda, por sí mismo, establecer esas pautas sino que éstas deban surgir de ese consenso plural que la Constitución exige”, afirmó Gil Lavedra.

También criticaron la reducción de los abogados en el Jurado de Enjuiciamiento. La nueva integración tendrá un sólo letrado, contra dos jueces y cuatro representantes del Congreso. Otro reproche es que en el nuevo consejo los abogados no tendrán representación en la Comisión de Selección de magistrados, donde hoy cuentan con los cuatro letrados.

Estos son otros párrafos salientes de la presentación:

“La inserción del Consejo de la Magistratura en el Poder Judicial descarta que pueda ser válidamente hegemonizado por los poderes políticos (PEN y PL). Se quiebra, de esta forma y por una parte, el principio republicano de equilibrio e independencia de los poderes, al quedar una fracción del poder judicial (el Consejo de la Magistratura) en relación de dependencia con los departamentos políticos del gobierno”.

“Una ley tiene la fuerza de su legitimidad. Pero indefectiblemente pierde esa fuerza cuando se la utiliza exclusivamente con fines políticos. Entonces la medida nace herida en su legitimidad. Esto ocurre cuando pasa por encima de los derechos y garantías reconocidos, convirtiéndose en un mero instrumento de decisiones ignorantes de las consecuencias que sus avasallamientos provocan”.

“En definitiva, aspiramos a que esta instancia permita esclarecer y determinar la manera adecuada constitucionalmente para conformar el Consejo de la Magistratura y sus Comisiones, con el fin de erradicar definitivamente una situación de desequilibrio, que implica el desconocimiento de principios constitucionales expresamente contemplados en el Art. 114 de la Ley Fundamental”.

En la acción también se presentan las sesiones del Congreso donde se debatió y aprobó la ley, las opiniones contrarias a la reforma de juristas, diputados, senadores, consejeros, organismos de derechos humanos e instituciones representantes de la Justicia.

Ahora resta esperar si la Corte se declarara competente para tratar la acción declarativa de inconstitucionalidad.



dju / dju
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