20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Bebiendo al volante, peligro constante

Dos diputados chilenos presentaron un proyecto para penar a quienes beban alcohol mientras manejan. El objetivo es eliminar las diferencias entre conducción en estado de ebriedad y manejo bajo la influencia del alcohol. Se preveen penas graduales para quienes cometan lesiones u ocasionen la muerte si estaban consumiendo alcohol al momento de conducir.

 
Con el objetivo de disminuir la tasa de accidentes de tránsito, dos diputados chilenos presentaron un proyecto de ley para penar a quienes consuman alcohol mientras manejan. La iniciativa busca eliminar la actual distinción entre conducción en estado de ebriedad y manejo bajo la influencia del alcohol.

Según informó la oficina de prensa de la Cámara de Diputados de Chile, el proyecto fue presentado por los diputados Jorge Burgos Varela (Partido Demócrata Cristiano), primer vicepresidente del cuerpo, y Juan Bustos Ramírez (Partido Socialista). Los legisladores pretenden transformar en un delito de peligro común el consumo de alcohol mientras se maneja.

De esta manera se buscará eliminar la dispocisión de la Ley de Tránsito que especifica las proporciones de alcohol en la sangre. Para avalar su iniciativa los diputados presentaron estadísticas: según un estudio realizado por la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito en 2005 hubo 2.927 accidentes de tránsito que tuvieron como causa el alcohol en el conductor. De esa cantidad muriendo 209 personas murieron y 4.062 quedaron lesionadas.

La iniciativa también prevé diversas penas para quienes consuman alcohol mientras manejan. A quien se encuentre en esa situación será castigado con “la pena de presidio menor en su grado mínimo” y “la suspensión de la licencia de conducir por tres meses".

El castigo se agrava para quienes manejando en estado de ebriedad produzcan lesiones: recibirán “presidio menor en su grado medio a máximo y suspensión de 6 a 24 meses de su licencia de conducir”. En cambio, la pena “de presidio mayor en su grado mínimo y suspensión perpetua de su licencia de conducir” recaerá sobre los que produzcan la muerte de alguna persona.



dju / dju
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