22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

¿Y si probamos con un Valium?

La Cámara del Crimen sobreseyó a un automovilista acusado de lesionar a un hombre cuando ingresó con su auto en un garage, luego de una fuerte discusión. Según el denunciante, el imputado le rozó el abdomen y le pisó el pie con una rueda. Los jueces entendieron que el hecho no estaba probado. Para ello tuvieron en cuenta los testimonios de los empleados del lugar. FALLO COMPLETO

 

Lo resolvió la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, integrada por los jueces Rodolfo Pociello Argerich, Mario Filozof y María Laura Garrigós de Rébori, en autos caratulados “Socolovsky, Ernesto Leopoldo Mario s/artículos 89 y 94 del Código Penal” a raíz del recurso de apelación deducido por la querella contra la resolución que sobreseyó a Ernesto Leopoldo Mario Socolovsky en orden al delito de lesiones leves dolosas y lesiones leves culposas (artículos 84 y 94, párrafo primero del Código Penal).

Socolovsky está acusado del hecho ocurrido el 22 de diciembre de 2004, cuando ingresó al garage ubicado en la calle Uruguay 386 de esta ciudad, a bordo de su auto y mantuvo un altercado con López en donde éste le recriminaba que le había rozado el abdomen -con el lateral derecho del vehículo- y que le había pisado el pie con una rueda. Al término de esa discusión, el imputado le habría propinado al denunciante golpes de puño en el rostro, provocándole las lesiones de carácter leve.

El tribunal entendió que la resolución debía ser confirmada. Para ello tuvo en cuenta el testimonio de Rubén Daniel Ramos García, empleado del garage, y de Luis Angel González, encargado del edificio, que sólo dan cuenta de la existencia de un forcejeo entre Socolovsky y López, sin aportar datos respecto a quien inició la pelea ni cuál fue el motivo.

También figura el testimonio ofrecido por Carlos Aníbal Cabrera, empleado de seguridad del edificio, quien no puede aportar datos precisos respecto del ilícito investigado, aunque aclaró que no notó que López presentara algún tipo de lesión.

“Atento a lo expuesto y dado que los testimonios obrantes en la causa sólo refieren la existencia de una pelea en la que los protagonistas recibieron golpes recíprocos, sin haberse podido precisar quien dio inicio a la riña ni cuál fue el verdadero motivo que la generó, corresponde homologar el sobreseimiento dispuesto respecto del encausado en orden a las lesiones leves dolosas, pues los elementos reunidos no permiten establecer -ni siquiera con el grado de probabilidad requerido en esta instancia- que el imputado haya sido el autor material de las mismas, toda vez que éstas bien pudieron obedecer a los golpes recibidos como consecuencia del forcejeo entablado entre ambos”, dice el fallo.

Con relación a las lesiones leves culposas, el tribunal sostuvo que tampoco “ha podido acreditarse en autos pues las constancias reunidas en la causa no permiten verificar la violación al deber objetivo de cuidado requerido por el tipo penal reprochado y tampoco se cuenta con elemento probatorio alguno que de cuenta de las lesiones invocadas”.

Por todo ello, los jueces confirmaron las resolución que decretó el sobreseimiento de Ernesto Leopoldo Mario Socolovsky, de las demás condiciones personales obrantes en el sumario, por considerarlo “prima facie” autor responsable del delito de lesiones leves dolosas y lesiones leves culposas.



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