04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

El famoso cuento de los tiempo compartido

La Cámara del Crimen procesó a tres empresarios por el delito de estafa, en grado de tentativa, por la falsificación de documento privado, en concurso real con estafa. Los imputados están acusados de vender servicios de tiempo compartido, sabiendo que no podían cumplir, y confeccionar pagarés apócrifos para ser cambiados o permutados por dinero en efectivo. Para ello, las tres empresas involucradas intercambiaban los datos de sus clientes. FALLO COMPLETO

 
Lo resolvió la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, integrada por los jueces Rodolfo Pociello Argerich, Mario Filozof y María Laura Garrigós de Rébori, en autos caratulados ”Pinamar Tennis Ranch SA y otros s/estafa”, provenientes del juzgado de instrucción 48, a raíz de los recursos interpuestos por las defensas de los imputados Carlos Amodeo Vanone, Nicolás César Sanseverino y Héctor Belotti contra la resolución de primera instancia que los procesó por el delito de estafa en grado de tentativa, mediante la falsificación de documento privado, en concurso real con estafa.

Los imputados, el primero en calidad de presidente de “Club 52", el segundo en idéntica condición pero de “Marketing Internacional S.A.” y el tercero en su cargo de vicepresidente de “Pinamar Tennis Ranch S.A.”, están acusados de haber realizado -entre 1995 y marzo de 1997- innumerables maniobras de índole defraudatoria, con el propósito de obtener beneficios, ya sea en provecho propio o de terceros.

Por un lado, los imputados contrataban servicios en la modalidad de tiempo compartido con pluralidad de clientes, cobrando sumas de dinero por un servicio o utilidad que desde un principio sabían que no prestarían; y por el otro, confeccionaban pagarés apócrifos para ser cambiados o permutados por dinero en efectivo que otorgaba la Banca Nazionale del Lavoro y Marcelo Maríncola.

Este último señaló que para garantizar los préstamos dinerarios efectuados a “Pinamar Tennis Ranch S.A.”, se le entregaron varios pagarés -no vencidos- librados por supuestos compradores de semanas de tiempo compartido en favor de “Marketing Internacional S.A.” y “Club 52". Producidos los incumplimientos en los pagos, Maríncola empezó a realizar la gestión del cobro de los pagarés endosados, pero se encontró con que todos los suscriptores desconocían haber firmado título alguno.

“Las explicaciones de los imputados al rendir indagatoria, mediante las que pretenden cohonestar sus conductas, acusándose mutuamente, no diluyen la sospecha en cuya base fueron legitimados pasivamente”, sostuvo el tribunal. De hecho, los jueces concluyeron que las tres firmas utilizaron los nombres de sus clientes para confeccionar nuevos pagarés y luego los hicieron circular cambiándolos por dinero en efectivo y logrando que los damnificados sean ejecutados.

“Como bien resalta la primera instancia, para llevar a cabo tal maniobra, la conexión entre las distintas firmas resulta evidente ya que “Pinamar Tennis Ranch S.A.” no podía haber falsificado los pagarés sin recurrir a la colaboración de “Club 52" y “Marketing Internacional S.A.” que aportó los nombres, direcciones y demás datos de los supuestos libradores, sino que confeccionó con su computadora y aportó el nombre de la endosante”, explicaron en la resolución.

Los jueces también dieron por probadas las estafas tras repasar distintos testimonios que coincidieron en que siempre les ponían trabas o excusas para otorgarles los destinos reclamados. “No caben dudas que los imputados vendían semanas de tiempo compartido que no podían ser utilizadas, cobrando sumas de dinero por servicios no prestados”, expresaron.

Por todo ello, el tribunal confirmó el procesamiento de Carlos Omodeo Vanone, Héctor Belotti y Nicolás César Sanseverino, por el delito de estafa en grado de tentativa, mediante falsificación de documento privado, en concurso real con estafa. Y ordenó continuar la investigación con el resto de los imputados.

dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486