La iniciativa regula “el principio de transparencia de la función pública, el derecho de acceso a la información de los órganos de la Administración del Estado, los procedimientos para el ejercicio del derecho y para su amparo, y las excepciones a la publicidad de la información y crea el Instituto de Promoción de la Transparencia”, informó la Oficina de Prensa de la Cámara de Diputados.
Además, establece que son públicos “los actos y resoluciones de los órganos de la Administración del Estado, sus fundamentos, los documentos que les sirvan de sustento o complemento directo y esencial, y los procedimientos que se utilicen para su dictación”.
Pero el proyecto también fija excepciones para dar información en los casos que se afecte gravemente el cumplimiento de las funciones del órgano, los derechos de las personas (como los expedientes médicos), los intereses comerciales o económicos públicos o privados. También se negará información cuando se trate de la seguridad de la Nación, o de documentos, datos o informaciones que una ley de quórum calificado haya declarado reservados o secretos.
De prosperar la iniciativa se creará el Instituto de Promoción de la Transparencia. Será una corporación autónoma de derecho público, con personería jurídica y patrimonio propio. Su objetivo será promover la transparencia de la función pública y fiscalizar el cumplimiento de las normas de publicidad de la información.
Por otra parte, los órganos de Estado deberán tener en sus páginas de internet información sobre sus estructuras, funcionamiento, facultades de trabajo, la lista del personal y sus sueldos, las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios, entre otros puntos.
Para poder acceder a la información, el solicitante deberá pedirla por escrito, consignar sus datos y especificar el material que requiere. El organismo tendrá un plazo máximo de 10 días para entregar la información pedida o denegarla.