El ministro de Salud porteño, Alberto De Micheli, firmó este lunes un protocolo para que en los hospitales públicos de la ciudad de Buenos Aires se practiquen abortos no punibles sin necesidad de autorización judicial. El procedimiento médico de interrupción del embarazo se podrá solicitar en casos en que la gestación ponga en riesgo la salud de la madre o si proviene de una violación a una mujer con discapacidad mental, tal como lo contempla el Código Penal. La resolución firmada convierte a la Ciudad de Buenos Aires en la segunda jurisdicción del país en establecer una norma de estas características. La primera etapa del proceso, se cumplirá en tres hospitales del distrito: uno en zona norte, otro en el sur y el oeste. En cada centro de salud se conformará un equipo interdisciplinario que evaluará si los pedidos de aborto se encuadran dentro de lo que prevé el Código Penal y tendrán un plazo "no mayor de 5 días hábiles" para expedirse sobre el caso.
Condenada por falsa información del caso belsunce
La titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 11, Alejandra Abrevaya, condenó a Susana Murray, amiga de María Marta García Belsunce, a pagarle a Irene Hurtig –hermanastra de la difunta- $ 9.500 por los daños y perjuicios provocados por diversas declaraciones periodísticas. Murray había asegurado a la prensa haber visto reirse a Hurtig en el velatorio de María Marta y que estaba imputada y sospechada del homicidio de su amiga. La juez entendió que respecto de la falsa información sobre que Hurtig estaba imputada –ya que siempre fue un testigo y no se le reprochó conducta ilícita alguna- era producto de la confusión alimentada por los medios de comunicación sobre la causa. Igualmente entendió que la accionada se había excedido al sostener que Hurtig se reía en el velatorio de María Marta, ya que la reacción ante la muerte de un ser querido pertenece al plano más íntimo de la persona. La sentencia será recurrida por Murray, esperando que la Cámara revoque la decisión de Abrevaya.
Coca-Cola Export será sancionada
Coca-Cola Export será sancionada con 10.5 millones de pesos mexicanos por incurrir en prácticas monopólicas. También sancionó a sus embotelladoras. Lo ratificó el decimotercero Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en respuesta a la resolución interpuesta por la Comisión Federal de Competencia (CFC). La empresa de gaseosas tendrá prohibido imponer cláusulas de exclusividad en el comercio minorista. Durante el año 2000, la CFC investigó a Coca Cola Export y sus embotelladores en México, a raíz de las denuncias interpuestas por Pepsi-Cola Mexicana, y por la imposición de exclusividades a los puntos de venta. El tribunal confirmó la legalidad de la resolución de la CFC, así como la presencia de diversos elementos, como el reconocimiento de la existencia de un grupo económico encabezado por Coca-Cola Export, que incluye a sus embotelladoras y la existencia de la práctica monopólica.
Aclaración
Diario judicial rectifica hoy una información publicada en la edición del pasado miércoles 23 de mayo bajo el título “Quien no puede lo menos no puede lo mas”. En dicha noticia se informó erróneamente respecto de quién era la deudora contra la cual se había pedido la quiebra y quién era la acreedora que lo había solicitado. Swiss Medical es la prestadora de salud que solicitó la quiebra de la Obra Social de la Industria de la Construcción, y no fue a la inversa como en un primer momento la nota mencionaba. Con la intención de despejar todas posibles confusiones y de manera inmediata, se modificó en el mismo cuerpo de la noticia la información mencionada y se aclara a través de este medio.