En los autos caratulados ”Química Hiper s/ incendios, explosiones o inundación”, la Justicia penal de la provincia de Buenos Aires investiga la responsabilidad por el derrame de ácido muriático que ocasionó un incendio en un predio de una empresa.
Esa sustancia ocasionó una nube tóxica que afectó a los vecinos de la zona, y por el trabajo de los bomberos para aplacar las llamas, el ácido penetró el suelo, contaminándolo.
El juez de Garantías nº 4 de Lomas de Zamora, consideró aplicable en el caso el plexo normativo de los residuos peligrosos, cuya competencia es federal, por lo que remitió el expediente a aquel fuero para que este continúe con la investigación.
El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional nº1 se declaró incompetente, afirmando que no existen pruebas de que los efectos del derrame hayan afectado o pudieren afectar a vecinos de otras provincias o de otras jurisdicciones, circunscribiéndose los daños a la localidad de Esteban Echeverría.
Planteada la contienda de competencia, las actuaciones fueron elevadas ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, quien, como primera medida, remitió los autos al Ministerio Público Fiscal.
El Procurador Fiscal Luis Gonzalez Warcalde, consideró que debía investigar el caso la Justicia ordinaria, adhiriendo a la postura de la Justicia federal. Incluso aún cuando se probó la formación de una nube tóxica y la contaminación del suelo que por su magnitud podrían traer como consecuencia efectos en otras jurisdicciones.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por medio de los votos de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Maqueda, E. Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay, hicieron suyos las razones del agente fiscal.
Por ello, remitieron nuevamente el expediente a la Justicia ordinaria de Lomas de Zamora, aun cuando, en una investigación ulterior, se deba nuevamente reconsiderar la competencia del fuero federal.