04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Ante la duda, es competente la Justicia ordinaria

La Corte resolvió que la competencia sobre el derrame de ácido muriático que contaminó el aire y la tierra en Esteban Echeverría, será del juez de garantías de Lomas de Zamora. Ello así, pues no existen pruebas que indiquen la extensión del daño a otras jurisdicciones, caso en el que entendería la Justicia federal. FALLO COMPLETO

 
En Esteban Echeverría un derrame de ácido muriático contaminó el suelo y generó una nube tóxica. La Corte Suprema de Justicia de la Nación entendió que quien debía investigarlo es la justicia ordinaria, al no existir pruebas de que los efectos trasciendan los límites geográficos.

En los autos caratulados ”Química Hiper s/ incendios, explosiones o inundación”, la Justicia penal de la provincia de Buenos Aires investiga la responsabilidad por el derrame de ácido muriático que ocasionó un incendio en un predio de una empresa.

Esa sustancia ocasionó una nube tóxica que afectó a los vecinos de la zona, y por el trabajo de los bomberos para aplacar las llamas, el ácido penetró el suelo, contaminándolo.

El juez de Garantías nº 4 de Lomas de Zamora, consideró aplicable en el caso el plexo normativo de los residuos peligrosos, cuya competencia es federal, por lo que remitió el expediente a aquel fuero para que este continúe con la investigación.

El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional nº1 se declaró incompetente, afirmando que no existen pruebas de que los efectos del derrame hayan afectado o pudieren afectar a vecinos de otras provincias o de otras jurisdicciones, circunscribiéndose los daños a la localidad de Esteban Echeverría.

Planteada la contienda de competencia, las actuaciones fueron elevadas ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, quien, como primera medida, remitió los autos al Ministerio Público Fiscal.

El Procurador Fiscal Luis Gonzalez Warcalde, consideró que debía investigar el caso la Justicia ordinaria, adhiriendo a la postura de la Justicia federal. Incluso aún cuando se probó la formación de una nube tóxica y la contaminación del suelo que por su magnitud podrían traer como consecuencia efectos en otras jurisdicciones.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por medio de los votos de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Maqueda, E. Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay, hicieron suyos las razones del agente fiscal.

Por ello, remitieron nuevamente el expediente a la Justicia ordinaria de Lomas de Zamora, aun cuando, en una investigación ulterior, se deba nuevamente reconsiderar la competencia del fuero federal.



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