20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Cárcel por no llevar a su hija al colegio

Pidieron cuatro meses de prisión para los padres de una menor que el año pasado no fue inscripta y los dos anteriores faltó injustificadamente a clase 277 días. La fiscalía los acusa de abonado de menores y solicitaron esa pena luego de hacer varios intentos para revertir la situación sin que dieran resultado.

 
Dos padres españoles podrían ser condenados penalmente por no llevar a su hija al colegio. Un fiscal pidió para ellos una pena de cuatro meses de cárcel por el delito de abandono de menores al entender que la ausencia de su hija al colegio fue injustificada. En los últimos dos años, la menor tuvo 277 inasistencias.

Para el jefe fiscal de la localidad de Córdoba, José Antonio Martín Caro, los padres de la chica tuvieron una actitud pasiva y despreocupada. Al pedir la pena, el representante del Ministerio Público resaltó que antes de la instancia judicial se intentaron otras vías para resolver la situación mediante la intervención del colegio y los servicios sociales pero “resultaron infructuosas”.

El diario español 20 minutos informó que el fiscal sostuvo que en el ciclo lectivo 2003-2004, cuando la chica tenía 13 años, faltó injustificadamente a clases en 113 oportunidades; durante el 2004-2005 no concurrió 164 días; y en el 2005-2006 directamente no fue inscripta a pesar que estar en edad de educación obligatoria. En España los ciclos escolares son de junio a junio de cada año.

Para el fiscal los padres violaron el artículo 226 del Código penal e incurrieron en abandono de menores vinculado a la obligación de educar y dar una formación integral.

Un hecho similar ocurrió meses atrás en la misma ciudad cuando una pareja fue acusada de no llevar al colegio a sus cuatro hijos. En esa oportunidad el fiscal había dicho que el objetivo del Ministerio Público “es perseguir a los padres que no cumplen sus funciones, que legalmente, son más que proporcionarles una alimentación” a sus hijos.

El fiscal explicó que la denuncia judicial es la última instancia a la que se recurre. Antes intervienen el colegio mismo, luego los equipos de orientación educativa y por último la comisión provincial de absentismo y la fiscalía de menores.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486