20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

La prueba ante todo

La Justicia rechazó una demanda iniciada por un hincha de Boca contra el club Vélez Sarfield por falta de pruebas. Ello porque el actor no pudo probar que estuvo en el estadio el día que denunció haber sufrido lesiones al caer de la tribuna visitante. Además, los jueces tuvieron en cuenta que los medios de comunicación no dieron cuenta de que en el partido se hubiera producido alguna avalancha de hinchas. FALLO COMPLETO

 
Basada en la debilidad probatoria del actor, la Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil rechazó una demanda iniciada por un hincha de Boca contra el club Vélez Sarfield. En ella reclamaba una indemnización por los daños sufridos al caer de la tribuna visitante del estadio José Amalfitani producto de una avalancha de simpatizantes.

Los jueces Mabel De los Santos, Carlos Ponce y Elisa Díaz de Vivar indicaron que “fuera de las propias expresiones del actor, nada se encuentra en este proceso que permita afirmar con certeza” que las lesiones sufridas por aquél se hayan producido como consecuencia del hecho denunciado.

Tras al análisis de las pruebas producidas en los autos “Ballada, Leandro Miguel c/ Club Atlético Vélez Sarsfield Asoc. Civil y otros s/ daños y perjuicios”, en el que también estaba codemandada la A.F.A, los camaristas confirmaron la sentencia de primera instancia, que no tuvo por comprobada la presencia del accionante en el estadio de Vélez. Tampoco dieron por porbada la relación de causalidad entre las lesiones alegadas por aquél y de las que da cuenta la pericial médica producida, y el supuesto evento dañoso.

“No obstante lo dictaminado por el perito respecto a la legitimidad de la entrada, ésta no acredita la presencia del demandante en el estadio el 17 de agosto de 2003”, dijo el tribunal, que agregó que “tampoco se comprobó por otro medio probatorio, que haya pertenecido a Ballada”.

Respecto a la prueba informativa de la historia clínica, el fallo indica que “surge tachada, corregida, la fecha de atención del actor en el nosocomio en cuestión. Y a mayor abundamiento, el traumatólogo interviniente tampoco consignó la hora en que lo atendió, ni dejó constancia de cómo arribó éste al hospital”. Mientras que los jueces remarcaron que “llama la atención que el demandante no haya producido ni ofrecido la prueba informativa al SAME a los fines de acreditar su traslado en ambulancia desde el estadio hacia el Hospital Vélez Sarsfield”.

Por otra parte, el actor había alegado en la demanda que -luego de la caída- le prestó auxilio “personal policial de consigna en el estadio y junto a terceras personas me trasladaron a la enfermería del club”, pero los magistrados señalaron que “esto tampoco fue probado por aquél”. Esto porque además, del informe de la Policía Federal Argentina no surge que se hayan constatado avalanchas en ese partido.

Finalmente, los jueces tuvieron en cuenta que de la prueba informativa que cita a los diarios Olé y Clarín “surge que ninguna de estas publicaciones periodísticas haya informado acerca de la ocurrencia de avalanchas en la tribuna popular visitante del estadio del Club Atlético Vélez Sarsfield, el día del partido que nos ocupa”.

“En conclusión, el accionante no ha cumplimentado las reglas de la carga probatoria que determinan lo que cada parte tiene interés en probar para obtener éxito en el proceso, es decir, cuáles hechos, entre los que forman el “thema probandum” en ese juicio, deben aparecer justificados para que sirvan de fundamento a sus pretensiones u oposiciones”, concluyó el fallo de la Cámara.

El hecho denunciado por el actor ocurrió el 17 de agosto de 2003, cuando Vélez recibió a Boca por la tercera fecha del Clausura 2003. El partido lo ganó el equipo Xeneize 3 a 1 con dos goles de Schiavi y uno de Tévez.

dju / dju
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