“Si el hospital se ha obligado a proporcionar asistencia médica, no solamente es responsable por el servicio que se ofrezca, sino también de que se preste en condiciones tales para que el paciente no sufra daños por una eventual deficiencia de la prestación prometida”, señalaron los jueces.
A través de las pericias, los jueces determinaron que durante el parto, que finalizó a las 5:10 del 16 de julio de 2001, la mujer en esa fecha de 29 años, tenía un cuadro de hipertensión arterial. A pesar de eso, estuvo tres horas en un pasillo del hospital después de la operación. “Cuando la actora sufrió los picos hipertensivos, con pérdida de conciencia y obnubilación, lejos estuvo de estar atendida como las reglas del arte de curar imponen”, agregaron los camaristas.
Luego, la mujer permaneció dos horas en la sala de enfermos sin ser atendida hasta que finalmente fue trasladada a las 23:30 a terapia intensiva. Por la responsabilidad de los médicos la mujer fue indemnizada con 181.240.
Una de las peritos que intervino en la causa señaló que la hipertensión que padeció la mujer se “hubiera disminuido o evitado” con medicación. Otro perito sostuvo que después del parto a la mujer “se la tuvo casi 3 hs. sin control y sin ingresar a sala, ello es incorrecto”.
Los magistrados sostuvieron que el Gobierno porteño “tiene que ser responsabilizada porque el plantel de profesionales del Hospital Cosme Argerich han procedido a la creación injustificada de un riesgo; es decir, han creado culpablemente una situación de peligro”. Señalaron que se culpa al Estado por “el contrato que existe entre los integrantes del cuerpo médico y la Ciudad de Buenos Aires, contrato que consistirá en una estipulación a favor de tercero”.
Por otra parte, los camaristas recordaron que la doctrina señala que “es carga de quien reclama los daños acreditar la culpa del galeno. Sin embargo, afirmaron que “el deber de demostrar pesa de un modo sustancial sobre la parte que goza de mayor facilidad de colectar las constancias que permitan avalar las articulaciones que esgrime en su defensa”.