27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024

El fallo del argentino condenado en España

Diariojudicial.com publica el fallo que condenó a Juan Daniel Pintos Garrido a tres años y tres meses de prisión por agredir en 2006 a un guardia urbano. Sin embargo por haber cumplido más de la mitad de la pena en prisión preventiva, quedó en libertad. FALLO COMPLETO

 
La Justicia española condenó el pasado jueves a un argentino a la pena de tres años y tres meses de prisión por su participación en la agresión a un guardia urbano. No obstante quedó en libertad tras haber cumplido la mitad de la condena en prisión preventiva.

Se trata de Juan Daniel Pintos Garrido, de 24 años, que en 2006 fue detenido a raíz de unos incidentes ocurridos en la puerta de un ex teatro de Barcelona donde se realizaba una fiesta ilegal. El episodio se inició cuando la Policía comenzó a impedir el ingreso de más gente al local y cuatro guardias comenzaron a ser agredidos.

La Sala 8 de la Audiencia Provincial de Barcelona encontró al imputado culpable del delito de atentado en concurso real con faltas de lesiones dolosas, y lo condenó a pagar seis euros diarios durante 40 días.

Según el fallo al que tuvo acceso Diariojudicial.com, el argentino “alentaba al grupo a continuar con la agresión, con expresiones del tipo “jódete, cabrón, no los hemos cargado”. Al mismo tiempo que se indica que lanzaba objetos tales como botellas, piedras y latas de bebidas hacia a los agentes.

“Su aportación no fue solo material, sino, también de índole psicológica, apoyando y reforzando el acontecimiento físico desplegado por los otros integrantes del grupo”, indicaron los jueces.

En cuanto al monto de la pena, la sentencia descarta la aplicación de una pena menor de tres años por el delito de atentado porque “hemos tenida en cuenta la gravedad de los hechos imputados y que fue uno de los que encabezó y lideró el grupo agresor”.

Por otra parte, el Tribunal rechazó el planteo de la defensa en lo atinente a la vulneración del derecho de poder utilizar distintos medios de prueba pertinentes. “Tanto en la fase de instrucción como en la de enjuiciamiento, se ha respetado escrupulosamente el derecho de defensa”, aseguraron los magistrados.

dju / dju
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