20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Habeas corpus oral

A través de un hábeas corpus presentado en forma oral, la Justicia de Córdoba ordenó al Servicio Penitenciario garantizar la integridad física de un interno que denunció haber recibido un golpiza por personal del establecimiento. En noviembre pasado, el mismo condenado tuvo un fallo a favor para que las autoridades carcelarias le garanticen su tratamiento médico contra el SIDA. FALLO COMPLETO

 
La Justicia de Ejecución Penal de Córdoba hizo lugar a un hábeas corpus presentado en forma oral y ordenó al Servicio Penitenciario de la Provincia garantizar la integridad física y psíquica de un interno que denunció haber sido golpeado por personal del establecimiento.

El hecho fue comunicado por el detenido a la FUNDESO (Fundación por los Detenidos Social), que mediante su representante letrado, Juan Carlos Sarmiento, se dirigió a la mesa de atención permanente del fuero de Ejecución Penal e interpuso oralmente el hábeas corpus por agravamiento de las condiciones de detención.

La secretaria de turno escuchó el reclamo y rápidamente el juez Cristóbal Laje Ros, a cargo del Jusgado de Ejecución 2, se dirigió al pabellón 2 de la cárcel del Barrio de San Martín, de la ciudad de Córdoba, e hizo lugar al reclamo ordenando reubicar al interno en otro lugar del establecimiento o en otra dependencia penitenciaria.

“Una vez más demostramos que las prácticas criminales en las penitenciarías existen”, dijo Sarmiento, que destacó la importancia de que el magistrado haya hecho lugar al hábeas corpus oral, que si bien está contemplado en ley, la mayoría de las veces los jueces lo rechazan y exigen su presentación por escrito.

Además, por el hecho denunciado, FUNDESO presentó una denuncia penal por lesiones contra los responsables, que fue remitida por el juez Laje Ros a la Fiscalía de turno. En tanto que la fundación está estudiando la posibilidad de convertirse en querellante.

“Los hechos denunciados por el interno y su abogado implican un delito penal, y por tal, la investigación de los mismos, debe continuar a cargo del Órgano Judicial competente, esto es la Fiscalía de Turno, quien fuera debidamente anoticiada de lo sucedido, tomando intervención en autos la Fiscalía del Distrito III Turno I, en forma inmediata”, expresa la resolución.

Según quedó constatado en el corto trámite del corpus, el interno Gustavo Arias sostuvo que fue golpeado por tres personas del Servicio Penitenciario, y que no le dijo la verdad acerca de lo sucedido al médico del establecimiento por temor a represalias. También aclaró que la agresión se produjo en otros espacios de la unidad en la que se aloja, distintos a su celda, y que los golpes fueron con motivo de encontrar celulares que él no posee.

El mismo Arias, que padece VIH, había obtenido en noviembre pasado un fallo a favor que ordenaba al Servicio Penitenciario garantizarle el tratamiento médico contra el SIDA. “Los condenados, sea cual fuese la naturaleza de su delito, conservan inalterados aquellos derechos fundamentales que les corresponden como manifestación natural de su dignidad”, dijo en esa oportunidad el juez José Cesano, a cargo del Juzgado de Ejecución Penal 1.

dju / dju

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