03 de Julio de 2024
Edición 6998 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/07/2024

Proponen derogar la prohibición de donaciones en el matrimonio

Es una iniciativa oficialista que ingresó a la Cámara de Diputados en relación a los artículos del Código Civil que no permiten el traspaso de bienes entre cónyuges. El diputado Luis Cigogna explicó que la ley permite las donaciones para todos “menos a la persona que se eligió para construir una familia” y que tal previsión fue sancionada cuando se pensaba a la mujer como subordinada al esposo, a quienes hoy la Constitución pone en pie de igualdad. TEXTO COMPLETO

 
El presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, el legislador del Frente para la Victoria Luis Cigogna, presentó un proyecto de ley para derogar la prohibición que tienen los cónyuges para hacerse donaciones. El diputado sostiene que esa limitación fue legislada cuando pesaba sobre la mujer un concepto de subordinación sobre el hombre, hoy prohibido en la Constitución Nacional y en tratados internacionales.

La iniciativa propone derogar los incisos 1 de los artículos 1.807 y 1.808 y el artículo 1.820 del Código Civil. Esas normas establecen la prohibición que tienen los integrantes de un matrimonio para realizarse donaciones entre sí.

Para el diputado esos artículos discriminan al cónyuge, violan la igualdad, restringen la libre disposición de los bienes y afectan el derecho de propiedad, ya que el Código Civil permite donar a todos “menos a la persona que se eligió para construir una familia”.

Para impedir los abusos de género fue que se sancionó la prohibición de hacer donaciones entre cónyuges. Sobre todo para proteger a la mujer que “estaba sometida al hombre y las relaciones conyugales no se desarrollaban en pie de igualdad”.

“Se ha sostenido que el fundamento de la prohibición es evitar que los cónyuges abusen de la influencia del uno sobre el otro e impedir que ante la amenaza de divorcio la donación constituyera el precio de la paz conyugal”, explica Cigogna.

Pero para Cigogna esos argumentos ya están caducos porque “esa sociedad no existe”. Y además la Constitución Nacional otorga una igualdad absoluta entre hombres y mujeres, explica el diputado.

En ese marco, para Cigogna actualmente “la donación no tiene por causa el abuso sino el amor”.

Respecto al divorcio, el legislador apunta a que ante para concretarse se deben dar los requisitos que establece la ley. “entre ellos –obviamente– no se encuentra la `negativa de donación`. Así, no existiría divorcio por esta causa sino por los motivos que prescribe la ley”, sostiene Cigogna en su proyecto.

“Por otro lado, si fuera admisible como criterio la `amenaza de divorcio`, deberían prohibirse muchos más actos, y hasta la propia adquisición de bienes por los cónyuges (la amenaza podría ser: comprá con el capital propio tales bienes –de uso exclusivo femenino o masculino– o me divorcio, etcétera) o de disposición del capital ganancial (o hacemos tal cosa con los bienes gananciales o me divorcio), o de donación de bienes a terceros, o tantos otros negocios con los contratos admitidos”, completa el legislador.

La iniciativa había sido aprobada el 14 de noviembre de 2006 por las comisiones de Legislación General y de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Cámara de Diputados pero perdió estado parlamentario al no tratarse en el recinto. Por eso Cigogna volvió a presentarla.



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