04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

La Justicia porteña avaló la suba del ABL

En un fallo unánime, el Tribunal Superior rechazó en conjunto siete pedidos de inconstitucionalidad contra la ley que a fines de 2007 dispuso aumentos de hasta el 300 % en el ABL. Los jueces consideraron que la norma cuestionada no propuso una confiscación y que “tampoco lesiona ostensiblemente el derecho de propiedad de manera absolutamente genérica”. Así, quedó abierta la posibilidad de reclamos individuales. FALLO COMPLETO

 
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires dio un fuerte aval a la ley porteña 2.568 que a fines de 2007 dispuso un aumento del ABL que en algunos casos llegó al 300 por ciento. Lo hizo a través de un fallo unánime que rechazó siete pedidos de inconstitucionalidad y que descartó la confiscatoriedad del “impuestazo”.

Para los jueces José Casás, Ana María Conde, Luis Lozano, Alicia Ruiz y Julio Maier, los planteos no solo superaron su admisibilidad formal, sino que tampoco pasaron de ser “meras opiniones que no encuentran fundamento suficiente en las enunciaciones de los actores acerca de la confiscatoriedad o falta de razonabilidad de la norma objetada”.

“Más allá de valoraciones políticas sobre la conveniencia o inconveniencia de la fórmula impugnada, conforme al interés de cada uno, resulta claro, también, que la ley no se propone una confiscación o situación similar, esto es, tampoco lesiona ostensiblemente el derecho de propiedad de manera absolutamente genérica tal que merezca una impugnación del tipo de la aquí intentada por todos los accionantes”, dijo en su voto el juez Maier.

Y en el mismo sentido se expidió José Casás, que señaló que “no se advierte —al menos en abstracto y para el contribuyente medio a través de la simple confrontación de la norma que se pretende poner en crisis con las reglas constitucionales invocadas— una pugna ostensible, palmaria y evidente” entre los principios constitucionales invocados por los demandantes y la norma. Aunque que agregó que se deja abierta la posibilidad de la vía corriente para el control difuso de constitucionalidad.

Por su parte, el juez Lozano opinó que “mostrar que el incremento de la contribución fiscal supera el 300% si se lo compara con la obligación tributaria anterior del inmueble tomado como referencia no satisface la exigencia de enfocar el debate al confronte abstracto entre la norma impugnada, la Constitución Nacional y la CCBA.

La acción declarativa de inconstitucionalidad había sido instada inicialmente por el defensor general porteño Mario Kestelboim y, a ese expediente, luego se le sumaron otras seis presentaciones. En el medio, Kestelboim desistió de su acción y se colocó como letrado patrocinante de dos de los accionantes particulares.

Las presentaciones se centraron en la afectación al derecho de propiedad de los contribuyentes y se señaló que la técnica legislativa implementada a través de la cláusula transitoria segunda de la ley nº 2.568 y su Anexo “conculca los principios y derechos enunciados por el artículo 51 de la CCBA en materia tributaria”.

Sin embargo, el fallo explica que “constituye un defecto común a todas estas acciones la invocación de principios constitucionales básicos, descriptos académicamente de modo correcto, pero sin desarrollo alguno sobre el vínculo de esa invocación abstracta con la norma general concreta que impugnan. Como se verá, éste es el principal motivo por el cual resulta imposible admitir la vía intentada”.

Por su parte, el Fiscal General de la Ciudad Germán Garavano, al emitir su dictamen sobre la cuestión, ya había dado el primer paso del desistimiento de los reclamos al pedir su rechazo.

Según Garavano, las acciones no debían admitirse porque no logran evidenciar la posible contradicción entre la cláusula transitoria segunda de la ley nº 2.568 y las normas de raigambre constitucional invocadas.

El aumento del impuesto al Alumbrado, Barrido y Limpieza había sido anunciado en agosto de 2007 por el entonces Jefe de Gobierno Jorge Telerman, pero la gran cantidad de críticas recibidas lo llevaron a suspender la medida y el tema pasó a la Legislatura. Así, a principios de diciembre, los diputados locales aprobaron un proyecto de ley que dividió a la Capital en 82 subzonas, donde se dispusieron subas al ABL que oscilaron entre el 25 y el 300 por ciento, según el barrio.

dju / dju

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