02 de Julio de 2024
Edición 6997 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/07/2024

Hay urgencias que no pueden esperar

La Cámara Laboral condenó a la ex concesionaria del ferrocarril Roca a indemnizar a un guardabarrera despedido porque sostuvo que “puso en grave peligro” la vida de terceros al abandonar su lugar de trabajo luego de que su mujer lo llamara para comunicarle que habían robado en su casa. Sin embargo, los jueces sostuvieron que la empleadora “debe tener previsto que quien tiene a su cargo un paso a nivel puede padecer algún evento imprevisto”. FALLO COMPLETO

 
En autos caratulados “Gangl Daniel Oscar c/ Transportes Metropolitanos General Roca S.A. s/ despido”, la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo condenó a la ex concesionaria del Ferrocarril Roca a indemnizar a un guardabarrera al que despidió por abandonar su puesto de trabajo luego de que este se fuera de urgencia porque su mujer lo llamó para comunicarle que habían robado en su casa.

Los jueces Néstor Rodríguez Brunengo, Juan Carlos Morando y Estela Ferreirós entendieron que la medida adoptada por la empresa fue “desproporcionada”, ya que nunca negó la situación de emergencia sufrida por el trabajador y se acreditó que el mismo, al ausentarse de su puesto, “cumplió con la reglamentación dejando las barreras bajas”.

Por el cotrario, Transportes Metropolitanos había justificado el despido directo señalando que el trabajador, el haber abandonado su puesto de trabajo dejando las barreras altas (algo que no fue probado) puso en grave peligro de accidente la vida y bienes de terceros y de la empresa, produciendo la pérdida de confianza de la empleadora ante el incumplimiento de sus deberes de diligencia, obediencia y fidelidad.

Sin embargo, la cámara no hizo lugar al reclamo de la demandada y confirmó la sentencia dictada en primera instancia, donde el a quo, luego de analizar los elementos de juicio obrantes en la causa, también consideró desproporcionado el despido habida cuenta la falta de sanciones previas del actor, su antigüedad en la empresa y el motivo que produjo el abandono del actor de su puesto de trabajo.

Además, el tribunal de alzada cargó contra la empresa y habló de “una falta de previsión” de su parte.

“No puedo dejar de destacar que la tarea de guardabarreras es sumamente delicada y que el abandono de las mismas puede generar graves riesgos y/o daños. Empero, la empresa, debe tener previsto que quien tiene a su cargo un paso a nivel, puede padecer algún evento imprevisto, como puede ser también un problema de salud o como en el caso de autos, advertir un grave riesgo familiar, para tales supuestos, esta empleadora, debe tener preparado un sistema de emergencia que permita el reemplazo del trabajador”, expresa el fallo.

Oscar Gangl ingresó a trabajar como “guardabarreras” del ex Ferrocarril Roca en febrero de 1994, donde prestó servicios durante 11 años y 5 meses hasta que fue despedido. El 9 de julio de 2006, mientras estaba en su lugar de trabajo, alrededor de las 6:30 horas recibió un llamado de su esposa para contarle que habían entrado a su casa para robarles mientras ella estaba allí con sus hijos. Ante esta situación, Gangl decidió dejar su puesto tras el intento fallido de comunicarse telefónicamente con la empresa para avisar lo ocurrido.

dju / dju

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