22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Nuevos requisitos para el examen psicoténico de los defensores

El certificado deberá ser expedido por el Departamento de Medicina Preventiva y Laboral del Poder Judicial de la Nación. Además se le exigirá sólo a los cuatro primeros de la terna (ahora era a los seis), y los resultados tendrán vigencia por un año. Los cambios buscan darle mayor rigurosidad a los concursos. TEXTO COMPLETO

 
La Defensoría General de la Nación resolvió hacer más rigurosas las presentaciones de las constancias de los exámenes físicos y psicotécnicos de quienes se presenten a concursar un cargo de defensor público oficial.

A partir de ahora de ahora los postulantes deberán presentar un certificado expedido por médicos del Departamento de Medicina Preventiva y Laboral del Poder Judicial de la Nación. Antes el artículo 53 del Reglamento de Concursos para la Selección de Magistrados del Ministerio Público de la Defensa de la Nación decía que la constancia debía ser realizada por “una entidad pública”.

El objetivo es “determinar su aptitud (la del postulante) para el desempeño del cargo que se concurse”. La resolución 1122 de la defensora General de la Nación, Stella Maris Martínez, se publicó este miércoles en el Boletín Oficial y entró en vigencia en vigencia a partir de la fecha.

Pero el objetivo es que estos exámenes los tomen y certifiquen médicos propios del Ministerio Público. Hasta que eso ocurra lo hará Departamento de Medicina Preventiva y Laboral del Poder Judicial de. “Que el procedimiento que se establece mediantela presente resolución regirá hasta tanto este Ministerio Público cuente con personal médico propio idóneo para cumplir con las funciones que, para este organismo, desarrolla en la actualidad el Departamento de Medicina Preventiva y Laboral del Poder Judicial de la Nación”, establece la resolución

Otra modificación es que el certificado del examen físico y psicotécnico deberán presentarlo los cuatro primeros candidatos que ocupen la terna. Hace ahora era obligatorio para los seis primeros.

Por otra parte, los resultados del examen serán “confidenciales”. “La conclusión del examen —más no el contenido de éste, que será reservado por la autoridad médica— será glosada al expediente y gozará de validez por un año”, establece una parte inclusión en el artículo 53. Eso significa que el mismo examen servirá para todos los concursos en que la persona se presente durante 12 meses.

Los restos de los requisitos, como la también presentación de un certificado de de carencia de antecedentes penales, la exclusión del concursos por la falta de presentación de cualquier de los das constancias, la posibilidad de pedir una prórroga para su entrega, se siguen manteniendo.

“Que, habida cuenta las exigencias de este tipo establecidas para el ingreso en carácter de empleado o funcionario del Ministerio Público o del Poder Judicial de la Nación, resulta necesario establecer un criterio acorde con ellas para el acceso a la Magistratura en el ámbito del Ministerio Público de la Defensa que a su vez, implique un examen físico y psicotécnico de mayor rigurosidad en función de la importancia de tal investidura”, explicó la Defensoría en la resolución.



dju / dju

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486