A partir de ahora de ahora los postulantes deberán presentar un certificado expedido por médicos del Departamento de Medicina Preventiva y Laboral del Poder Judicial de la Nación. Antes el artículo 53 del Reglamento de Concursos para la Selección de Magistrados del Ministerio Público de la Defensa de la Nación decía que la constancia debía ser realizada por “una entidad pública”.
El objetivo es “determinar su aptitud (la del postulante) para el desempeño del cargo que se concurse”. La resolución 1122 de la defensora General de la Nación, Stella Maris Martínez, se publicó este miércoles en el Boletín Oficial y entró en vigencia en vigencia a partir de la fecha.
Pero el objetivo es que estos exámenes los tomen y certifiquen médicos propios del Ministerio Público. Hasta que eso ocurra lo hará Departamento de Medicina Preventiva y Laboral del Poder Judicial de. “Que el procedimiento que se establece mediantela presente resolución regirá hasta tanto este Ministerio Público cuente con personal médico propio idóneo para cumplir con las funciones que, para este organismo, desarrolla en la actualidad el Departamento de Medicina Preventiva y Laboral del Poder Judicial de la Nación”, establece la resolución
Otra modificación es que el certificado del examen físico y psicotécnico deberán presentarlo los cuatro primeros candidatos que ocupen la terna. Hace ahora era obligatorio para los seis primeros.
Por otra parte, los resultados del examen serán “confidenciales”. “La conclusión del examen —más no el contenido de éste, que será reservado por la autoridad médica— será glosada al expediente y gozará de validez por un año”, establece una parte inclusión en el artículo 53. Eso significa que el mismo examen servirá para todos los concursos en que la persona se presente durante 12 meses.
Los restos de los requisitos, como la también presentación de un certificado de de carencia de antecedentes penales, la exclusión del concursos por la falta de presentación de cualquier de los das constancias, la posibilidad de pedir una prórroga para su entrega, se siguen manteniendo.
“Que, habida cuenta las exigencias de este tipo establecidas para el ingreso en carácter de empleado o funcionario del Ministerio Público o del Poder Judicial de la Nación, resulta necesario establecer un criterio acorde con ellas para el acceso a la Magistratura en el ámbito del Ministerio Público de la Defensa que a su vez, implique un examen físico y psicotécnico de mayor rigurosidad en función de la importancia de tal investidura”, explicó la Defensoría en la resolución.