El titular del Juzgado número 1 de lo Mercantil de Oviedo, Alfonso Muñoz, consideró que Iberia incumplió un contrato comercial asumido con los tres pasajeros y que la cancelación del vuelo era exclusiva responsabilidad de la compañía, según informó el diario El Comercio de España.
El magistrado dispuso una indemnización de 3.522 euros para cada uno de los pasajeros afectados, de los cuales 2.348 corresponden a las perdidas de las reservadas de pasajes y reservas de hotel en Praga, y el resto por daños morales.
Los tres turistas contrataron en 2006 un paquete turístico para pasar sus vacaciones en Praga. Para eso sacaron pasajes de avión que de Asturias los llevaría a Madrid y allí debían embarcar hacia su destino final. Pero por esos días hubo una huelga en el aeropuerto de Barcelona que complicó el tráfico aéreo en todo el país. En ese marco, Iberia envió a Madrid un avión de la compañía Spanair pero que arribó con retraso.
El juez sostuvo que mientras los turistas cumplieron las indicaciones que Iberia le había dado, como estar en el aeropuerto una hora y medio antes, la compañía incumplió el servicio con sus clientes.
Por fuera de los tribunales de Justicia, en Europa se aplica una legislación por la cual las empresas aéreas deben recompensar a sus pasajeros por las cancelaciones y las sobreventas de los vuelos, pero no para las demoras. Las indemnizaciones van desde los 250 euros hasta los 600.