En el caso, la joven reclamante, relató que fue vendida a los 12 años de edad por un valor de aproximadamente 500 dólares, que fue forzada a trabajar en condiciones brutales y a mantener relaciones sexuales con su dueño. Años después, la afectada presentó su caso ante una corte regional argumentando que el gobierno de su país no la había protegido, pero el gobierno de Nigeria dijo que había hecho todo lo posible para erradicar la esclavitud.
Lo interesante del caso es que la esclavitud fue abolida en ese país hace cinco años. En virtud de ello, fue que la joven se decidió a reclamar sus derechos cuando tuvo conocimiento que podía recuperar su libertad. Esto originó que su dueño finalmente la dejara ir en el 2005, y le otorgara un "certificado de liberación", pero cuando ella trató de contraer nupcias con otro hombre, dijo eso era imposible porque ellos estaban casados.
En su reclamo judicial, la joven tuvo varios intentos fallidos para obtener su libertad en una serie de audiencias en tribunales locales, donde en un comienzo le dieron la razón, pero frente a la apelación de su dueño fue condenada a seis meses de prisión por bigamia. A raíz de esto, ella llevó su caso al tribunal internacional a principios de este año, exigiendo subsidiariamente, el pago de una indemnización.
El reclamo de la mujer tenía como principal fundamento, que la esclavitud estaba abolida en dicho país, aunque esto no obsta que haya más de 40.000 esclavos en Nigeria viviendo en condiciones deplorables, según datos recabados por organizaciones de derechos humanos.
La decisión de este tribunal es de gran trascendencia, debido a las consecuencias que tendrá para los esclavos de todos los países miembros de la Comunidad Económica de Estados de África Occidental, que reúne 15 naciones africanas. Al sentar este pronunciamiento un precedente, se estima que se podrían interponer numerosas demandas con reclamos similares, con el fin de erradicar la condición de esclavo.
En Argentina, pese a que la Constitución Nacional establece en su artículo 15 que en nuestra nación no hay esclavos, y donde en el Código Penal se tipifica el delito de servidumbre, hay situaciones equiparables a este supuesto, como los casos de inmigrantes ilegales que trabajan en talleres clandestinos, y que en muchas ocasiones viven en el mismo establecimiento en condiciones muy precarias.