20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

Menos publicidad en las calles porteñas

La Legislatura de la Ciudad aprobó la ley que regulará la publicidad exterior, con el objetivo de evitar la contaminación visual. Al proyecto original se le hicieron varias modificaciones porque se consideró que era muy restrictivo: se redujo el tamaño de los carteles y los mismos fueron prohibidos en algunas avenidas. TEXTO COMPLETO

 
Luego de una intensa negociación, la Legislatura porteña sancionó una nueva ley de publicidad exterior para la Ciudad, intentando reducir la contaminación visual y evitar posibles distracciones de los automovilistas. Dentro de los temas que plantea, se decidió reducir el tamaño de los carteles, y prohibir la exhibición de los mismos en las avenidas más transitadas. La norma fue aprobada con 41 votos a favor, 10 en contra y 3 abstenciones.

En relación a este tema, hay que recordar que el proyecto inicial presentado por el jefe de Gobierno, Mauricio Macri, era mucho más restrictivo que el que finalmente se aprobó, donde se vedaba el uso de marquesinas, mesas, sillas y gigantografías como soporte publicitario, prohibición que no era aceptada por sectores ligados al comercio y a la industria publicitaria debido a las afectaciones económicas que generarían en el sector. En razón de ello, en el recinto se hicieron sustanciales modificaciones, y cuya redacción final no estará lista hasta principios de la semana que viene.

Dentro de las disposiciones de la ley, se incluye a toda actividad publicitaria que se desarrolle y se perciba en el espacio público cualquiera que sea el sistema utilizado para la transmisión del mensaje. Se considera sujetos responsables a efectos de la obligatoriedad en al aplicación de la norma, a los anunciantes, las agencias de publicidad, el titular del medio de difusión, entre otros.

Entre las modificaciones de mayor importancia, se encuentra la prohibición de la publicidad en techos y azoteas en algunas avenidas de mucho tránsito como avenida Belgrano, Córdoba, Santa Fe, e Independencia, desde el Bajo hasta Rodríguez Peña.

En cuanto a las autopistas y las vías rápidas, deberá haber 200 metros de distancia entre los carteles, la pintura deberá ser mate para que no refleje, no podrán tener más de 15 palabras, ni incluir elementos luminosos para evitar la distracción de los conductores, y de esta manera, adecuar la normativa a la ley nacional de tránsito que rige en la actualidad. Adicionalmente, se prevé que el tamaño máximo para los carteles en autopistas será de 60 metros cuadrados.

Respecto de demás estipulaciones, se establece que un anuncio no debe atentar contra la dignidad de las personas o vulnerar los derechos y garantías reconocidos en la Constitución nacional y de la Ciudad, ni contravenir las normas de tránsito, perjudicar la visibilidad de la nomenclatura de calles o señalización de interés general.

En cuanto a la publicidad situada en suelo de dominio público, será objeto de licitación pública, salvo en caso de acontecimientos y programas culturales, deportivos de singular importancia, en los que la autoridad podrá otorgar permisos especiales.

Por otro lado, pese a la oposición del Gobierno de Macri, se permitirá el “sponsoreo”, que se refiere a la colocación de publicidad en los toldos de bares y quioscos. Los afectados con estos cambios, tendrán 180 días para poner en regla sus establecimientos y ajustarse a la normativa. Vencido el plazo, la autoridad de aplicación podrá disponer la caducidad de los permisos y el retiro de los anuncios.

Fuentes cercanas a la diputada que impulsó la iniciativa, Silvia Madjalani, aclararon que hubieron varios meses de negociaciones para que el proyecto no sea tan restrictivo, y para que baje la contaminación visual de la Ciudad, por lo que indicaron que en el recinto se fueron proponiendo observaciones “que se fueron aceptando o rechazando para que haya consenso y sea votada la ley.”



dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486