20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Atención en Mendoza por las cárceles

Los abogados del caso “penitenciarias de Mendoza” realizaron una presentación ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos en México. Su pedido apunta al mantenimiento de las medidas cautelares en las cárceles de Mendoza. La exposición habla de “vulneración de los estándares internacionales de derechos humanos en materia de privación preventiva de la libertad”.

 
Carlos Varela Álvarez y Alfredo Guevara realizaron una presentación ante la CIDH, ya que consideran que la situación de las cárceles mendocinas sigue siendo de gravedad. Piden que se mantengan las medidas provisionales que rigen en la provincia pues entienden que “continúan presente las condiciones de gravedad y urgencia” y el fin de “evitar daños irreparables a la vida y la integridad física de los internos”.

En este contexto en la provincia se impulsaron leyes de “endurecimiento” por parte del ejecutivo mendocino, en lo que se dió en llamar el “Acuerdo por la Seguridad”. Se plantean cuestiones como la baja de la edad punitoria a 14 años y el endurecimiento de las excarcelaciones. Ante este nuevo panorama renunciaron a sus cargos en Septiembre último, el Subsecretario de Justicia Diego Lavado y el Director de Derechos Humanos Alfredo Guevara Escayola

La modificación incorporada al Código procesal penal posee para los solicitantes por objeto “generalizar el uso de la prisión preventiva, al punto de establecerla como regla”. Además la ley 7929 “vulnera la Constitución Nacional (arts. 14 y 18) y los tratados internacionales en materia de derechos humanos (art. 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, art. XXVI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, arts. 5.4, 7 y 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y arts. 9 y 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos)”

En 2005 en la audiencia de la CIDH se firmó el “Acta de Paraguay”, ratificado en 2006, donde el Estado se había comprometido a “disminuir el hacinamiento mediante la reducción de la cantidad de personas encarceladas en prisión preventiva”. Una contradicción que roza lo inconstitucional en tanto que la adhesión a los tratados internacionales y derechos internacionales esta ya establecido en nuestro país desde 1994. O como lo expresó la Corte Suprema en el caso “Verbitsky, Horacio s/Habeas Corpus”, que una de las causas de la crisis penitenciaria bonaerense es el uso excesivo de la prisión preventiva

También el acta resalta que se “deberán utilizar mecanismos alternativos a la prisión preventiva por ejemplo programas de libertad bajo palabra; y en cuanto el hacinamiento se debe garantizar el efectivo cumplimiento del régimen progresivo de la pena”.

La presentación también esboza la falta de compromiso para el cumplimento de lo acordado en Paraguay, y que en Brasilia se ratificó el mantener las medidas provisionales. “La situación que se vive en el interior de las Penitenciarías de Mendoza es sumamente inestable y cualquier incremento desmesurado de la población carcelaria podría volver a repetir la situación que motivó las Medidas Cautelares y Provisionales” dice la presentación.

En la provincia de Mendoza los habitantes de los establecimientos penitenciarios asciende a 2574 internos, de los cuales más del 40% no ha recibido condena. Y en penitenciarias como la de Boulogne Sur Mer la cantidad de población penal (981) duplica a la capacidad de alojamiento de la institución (450).

Cabe recordar que este 10 de diciembre se conmemora el 60 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. La Asamblea General de las Naciones Unidas adopto y proclamo la Declaración en 1948 en su resolución 217 A.



dju / dju
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