Los tribunales tienen plazo hasta el 15 de marzo para hacer llegar vía internet (a través de de del sitio https://estadisticas.scba.gov.ar) toda la información requería. Luego la Suprema Corte recibirá antes del 15 de abril un primer informe con los resultados preeliminares por parte de la Secretaría de Planificación, donde funciona el Área de Estadística de Administración de Justicia.
La información que suministrarán los tribunales será a través de unas planillas confeccionadas especialmente para cada fuero (se pueden ver en el archivo adjunto de esta nota). Allí se pide la cantidad de causas ingresas en el año y qué tramite recibió (si tuvo sentencia, si fue rechazada, etc.
También hay pedidos concretos respecto a la función y el trabajo de cada fuero. Por ejemplo, para los juzgados de ejecución se requiere la cantidad de visitas realizadas a cárceles, y la cantidad de detenidos en unidades penitenciarias y comisarías. Para los juzgados civiles y comerciales se pide información sobre cada tipo de acción presentada (juicios sumarísimos, ordinarios, procesos de ejecución o especiales, oficios, exhortos, etc.)
En el caso de los juzgados correccionales y de garantías y los tribunales criminales se agrega un ítem sobre la cantidad de habeas corpus recibidos y los juicios abreviados realizados. Los tribunales de menores están divididos en causas civiles y penales y también se requirió estadísticas para los nuevos juzgados de responsabilidad penal juvenil, que comenzaron a funcionar de manera escalonada desde mediados de 2008 en los distintos departamentos judiciales de la provincia.
“En el informe se consignarán los datos sobre el ingreso, egreso y remanente de causas entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2008, como así también -de corresponder- los referidos a la fijación y realización de audiencias”, señala el acuerdo 3362 de la Suprema Corte firmado el pasado 19 de diciembre.
El Máximo Tribunal también dispuso que en este año se lleve a cabo “la revisión, depuración y refinamiento de las planillas por fuero e instancia, la especificación para la obtención de los datos básicos incluidos en las mismas y la adaptación de las estructuras y procesos de los sistemas de gestión de los órganos jurisdiccionales, de manera tal de obtener dicha información automáticamente de los mismos”.