La medida fue tomada ya que quienes trabajan en el Poder Judicial y no son abogados no tienen un impedimento total de ejercer otras funciones por lo que la Suprema Corte entendió como “desproporcionado en relación a aquellos profesionales que padecen un bloqueo absoluto”, como los abogados.
La ley 10.475 fijó una bonificación especial del 25 por ciento de su sueldo por los empleados del Poder Judicial que sufrieran una inhabilitación total de su título para ejercer su profesión libremente. Eso ocurre con quienes por ser funcionarios de la Justicia no pueden hacer tareas de abogados. Por eso, el Máximo Tribunal bonaerense dictó en 1987 el acuerdo 2172 por el cual estableció que el plus salarial alcanzaba a todos los magistrados, funcionarios y empleados con título de abogado, escribano o procurador.
Otra ley, la 10.620, reguló el ejercicio profesional de los graduados en ciencias económicas y estableció que esos profesionales debían cobrar un adicional en sus sueldos cuando se desempeñan en la administración pública y por ello no pudieran desarrollar la actividad de la que se habían recibido.
Por esa norma, la Suprema Corte dictó varias disposiciones por las cuales incluyó a los profesionales de las ciencias económicas en el plus salarial del 25 por ciento que percibían quienes tenían título de abogado. Pero ahora ese criterio cambió.
“Que, con todo, la lectura de las incumbencias de los profesionales en ciencias económicas deja en evidencia que la limitación al ejercicio profesional derivada de su desempeño en el Poder Judicial no resulta total”, sostuvieron los jueces del Máximo Tribunal bonaerense.
Por otra parte, la Corte Suprema ratificó su criterio de rechazar reclamos formulados por otros profesiones que se desempeñan en el Poder Judicial, como ingenieros, médicos, asistentes sociales, psicólogos, calígrafos, etc., ya que no hay una normativa que contemple una inhabilitación legal de su título.
“Los restantes agentes, en la medida que los marcos regulatorios de su profesión no contengan previsión normativa expresa que contemple una inhabilitación legal para el ejercicio profesional derivada de su desempeño como agente judicial, no percibirán la bonificación por bloqueo de título salvo en los casos descriptos en el artículo siguiente”, sostuvo el Máximo Tribunal.
Sin embargo, los magistrados habilitaron el pago de la bonificación ante “la índole y jerarquía de la función asignada y mientras dure su desempeño en la misma, éste sea afectado exclusivamente a la labor judicial, quedando inhabilitado totalmente para el ejercicio de sus incumbencias profesionales”.
La resolución fue firmada por los jueces Juan Carlos Hitters, Luis Genoud, Hilda Kogan, Eduardo Pettigiani, Eduardo de Lazzari, Daniel Soria.