22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Chile: más poder de revisión a la Corte Suprema

Un proyecto de ley busca que el Máximo Tribunal puede entender en sentencias firmes cuando se trata de casos de confesiones obtenidas bajo tortura o por delitos de lesa humanidad. El objetivo es adecuar la legislación a parámetros internacionales respecto de las leyes heredadas de la dictadura de Augusto Pinochet.TEXTO COMPLETO

 
La Cámara de Diputados de Chile analiza un proyecto de ley para que la Corte Suprema de Justicia pueda intervenir en sentencias firmes cuando se trata de casos de confesiones obtenidas bajo tortura o en casos de delitos de lesa humanidad.

“Hoy la evolución del derecho internacional hace que la impunidad sea un verdadero `ilícito internacional`, pues las graves violaciones de los Derechos Humanos constituyen una ofensa en perjuicio de toda la humanidad, correspondiendo a todos los Estados, de acuerdo al principio de justicia universal, la persecución, juzgamiento y sanción de los responsables de estos crímenes”, señala la iniciativa presentada por un grupo de diputados que se analiza en la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara.

El proyecto pretende extender las causales en que la Corte Suprema puede intervenir ante sentencias firmes con el objetivo de dar cumplimiento a pactos internacionales.

En concreto, la iniciativa busca agregar al artículo 657 del Código de Procedimiento Penal de Chile, que establece las cosas en los que el Máximo Tribunal puede rever “extraordinariamente” sentencias firmes, dos nuevos incisos. Son: “Cuando aparezcan hechos establecidos en una resolución judicial que acrediten que la sentencia está basada en confesiones obtenidas bajo tortura”; y “Cuando la sentencia haya sido dictada en contravención a obligaciones contraídas por el Estado de Chile, en virtud del derecho internacional consuetudinario, convencional, principios generales del derecho y las normas de jus cogens, en materia de crímenes de guerra o de lesa humanidad”.

“La manea de conciliar la cosa juzgada con las obligaciones internacionales es recurriendo al viejo instituto del recurso de revisión, que es la manera como nuestro ordenamiento jurídico remedia situaciones de cosa juzgada cuando esta tiene algún origen espurio”, explicaron los legisladores en el proyecto al que accedió Diariojudicial.com y que puede leerse en el archivo adjunto de esta nota.

Los legisladores hicieron referencia en los fundamentos del proyecto a las “extendidas y sistemáticas violaciones de los derechos humanos que fueron denunciadas nacional e internacionalmente” durante la dictadura de Augusto Pinochet.

“La necesidad de acortar y hacer desaparecer finalmente la brecha entre la normatividad heredada de la dictadura y las exigencias derivadas de los principios y contenidos de los pactos internacionales de Derechos Humanos suscritos por Chile es una necesidad reivindicada desde hace muchos por el movimiento de derechos humanos en su conjunto, y una aspiración querida por los más amplios sectores de la población desde hace mucho”, explicaron los diputados.



dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486