Sin embargo, durante este fructífero período hemos podido comprobar que nuestro proyecto de Educación a Distancia nos permitió:
Nuestro ambicioso proyecto académico se enraíza en la necesidad de encarar la capacitación de forma continua y sistemática y no aislada y espasmódica. Somos concientes de la necesidad de actualización, capacitación, formación y desarrollo de nuevas habilidades y destrezas que requieren los profesionales de hoy. Es por esa razón que estamos convencidos que resulta indispensable diseñar una oferta pedagógica que se encuentre orientada a cumplir con los objetivos y necesidades trazados por estos profesionales cada vez más altamente especializados y sometidos a las exigencias del mercado.
Las acciones académicas que propiciamos están centradas en el alumno, sus necesidades y requerimientos y en todos los casos estarán enfocadas a la promoción de estándares superiores de capacitación.
Estamos convencidos de que el proceso de enseñanza-aprendizaje es el resultado de la construcción colectiva del conocimiento. Abrevando en el origen etimológico del término, nos encontramos con que “alumno” proviene "del latín “alumnus”, de raíz indoeuropea *al- “crecer, alimentar”, emparentado con el verbo “alere”-”alimentar”, “alimentum”-”alimento” y con el adjetivo “altus”-”alto, profundo”. Podemos decir, entonces, que un alumno es ‘alguien que se está alimentando de conocimientos’.
Desde esta perspectiva, podemos afirmar que en el acto de alimentación, percibimos una actitud más activa por parte del alimentado, que participa del proceso, co-protagonizándolo, apropiándose de su rol de forma enfática y decidida.
Esta interpretación, resulta más afín, en síntesis, con la dimensión que debe reflejar la Educación a Distancia: un enfoque dirigido a concretar la implementación de un proceso activo de construcción social del conocimiento.
El conocimiento se considera como relativo y falible, es decir nada es absoluto, sino que depende del tiempo y del espacio. Nadie puede, entonces, detentar un dominio absoluto respecto del conocimiento partiendo de la base de que los demás carecen de él.
Nuestro proyecto educativo cabalga sobre la necesidad de reducir la distancia formal entre alumno y docente de modo tal que la retroalimentación se imponga por sobre la alimentación en sentido unilateral. Los sujetos que participan del proceso de enseñanza-aprendizaje verán modificados sus bagajes de conocimiento después de haberlo atravesado como producto de su interacción con sus pares. Para ello, resulta indispensable remover la persistente negativa a visualizar al error como una alternativa altamente enriquecedora en el proceso de aprendizaje y no como un disuasorio que legitime la tendencia natural al abandono de experiencias educativas en las que se sienten sometidos a una alta exposición.
Consustanciados con la idea de que el conocimiento es el producto de una construcción social es que abordamos este nuevo desafío: trasformar a Diario Judicial.com en una usina académica que permita vehiculizar las inquietudes de quienes participan, activamente, del proceso de construcción del saber.
Es en este contexto, que tenemos la enorme dicha de acercarles el primer trabajo científico elaborado en forma colaborativa por los alumnos que realizaron el curso de educación a distancia dedicado al análisis de “Las cuestiones Actuales de Derecho Concursal” que dictara la Dra. Silvina Rapossi en nuestro campus virtual.
Esta producción académica ha sido el resultado del compromiso de este grupo de trabajo que, valiéndose de la tecnología puesta a su disposición por DiarioJudicial.com ha logrado superar las distancias geográficos y elaborar, en forma colaborativa y trabajo, que esperamos, sea el primero de una larga lista de aportes a la comunidad jurídica.
DiarioJudicial.com agradece a los Dres: Oscar Nedel, Mirta del Carmen Avellaneda, Matías Sanz Navamuel, Susana Nieves Martín, Inés Corneo, Daniel Julio, Silvina Abalos, Cecilia Morach, Nancy González, Oscar Machado, Stella Maris Vuillermet, que participaron de esta actividad, poniendo de manifiesto, una vez más, su compromiso con la actividad académica. A todos ellos, felicitaciones. A todos nuestros lectores, los invitamos a disfrutar este trabajo en el que se analizan, desde diferentes perspectivas el tratamiento que debe dársele a los créditos fiscales a la luz del régimen de exclusión de voto previsto en la Ley de Concursos y Quiebras.