La sanción lograda por los legisladores fue obtenida por 129 votos a favor, 5 negativos y 5 abstenciones en el marco de la que se suponía sería la última sesión ordinaria de Diputados. Se suponía, pues el martes pasado la presidenta Cristina Fernández de Kircher firmó el decreto 1802/2009 por medio del cual extendió las sesiones ordinarias hasta el 10 de diciembre próximo, fecha en que se produce el recambió de bancas.
Por su parte, durante el debate llevado a cabo en el recinto se oyeron diversas voces. Vilma Ibarra, presidente de la comisión de Legislación General explicó que la iniciativa “pone a tono la legislación nacional con la de países como Alemania, Canadá, España, el Reino Unido, Chile y Uruguay, y amplía las capacidades de los jóvenes de entre 18 y 20 años".
Emilio García Mendez, autor de uno de los proyectos que se tuvo en cuenta al momento de modificar la media sanción del Senado (el otro fue el de Raúl Solanas), expresó explicando la iniciativa que “son niños todos los seres humanos que no hayan alcanzado los 18 años. Los menores de 18 años pueden ir a la guerra, pero no casarse ni disponer de sus bienes”.
De convertirse en ley, se modificará el Código Civil de manera tal que “las personas que no hubieren cumplido la edad de dieciocho años” serán considerados menores, estableciendo la mayoría de edad a los 18 y no a los 21 como es actualmente. Así a partir de esta edad los jóvenes podrán viajar al exterior, casarse, firmar contratos de alquiler o comprar una propiedad sin necesidad de permiso.
Asimismo, se prevé la posibilidad de obtener la patria potestad de sus hijos aun sin estar casado entre los 18 y los 21 años. En cuanto a la manutención, los padres o tutores tendrán la obligación de de prestar alimentos a sus hijos, “hasta la edad de veintiún años, salvo que el hijo mayor de edad cuente con recursos suficientes”.
Algo similar sucedería con respecto a la seguridad social, pues la iniciativa plantea que “toda disposición legal que establezca derechos u obligaciones hasta la mayoría de edad debe entenderse hasta los dieciocho años, excepto en materia de previsión, seguridad social y políticas públicas de contenido social, en que dichos beneficios se extienden hasta los veintiún año”. Haciendo la aclaración de que “salvo que las leyes vigentes establezcan una edad distinta o que se haya contraído matrimonio”.
El proyecto ya poseía media sanción del Senado, sin embargo fue modificado en la reunión plenaria de las comisiones Legislación General y Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del pasado 29 de septiembre por lo que deberá ser tratado nuevamente en la cámara alta. Sin embargo, durante el proceso de trabajo llevado a cabo en la comisión participaron asesores de los senadores, razón por la cual puede esperarse que su nuevo tratamiento en la Cámara Alta sea más veloz.