El Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la designación de magistrados del Poder Judicial de la Nación (el nombre técnico del reglamento) está integrado por 56 artículos y un Anexo.
Una de las novedades del texto es la incorporación de forma orgánica, en el artículo 35, del Reglamento de las Pautas de Precalificación, que actualmente son simples criterios consensuados.
Un punto que había generado conflictos y que fue subsanado con el nuevo reglamento era la situación de los funcionarios del Consejo que concursan para cargos. El texto aprobado este jueves estableció que para poder presentarse, deberán renunciar a su puesto con 60 días de anticipación a la fecha de inscripción.
El texto aprobado dividió a la prueba de oposición (que valdrá 70 puntos) en dos partes: una escrita y anónima, y otra personal oral en audiencia pública del jurado con los postulantes. Se mantuvo la entrevista del candidato con los consejeros para sacar conclusiones con respecto a su perfil general.
El examen escrito no tendrá mayores modificaciones pues consistirá en el planteo a cada concursante de uno o más casos, reales o imaginarios, para que cada uno de ellos proyecte por escrito una resolución o sentencia.
Los consejeros coincidieron en que el examen debe versar sobre los temas más representativos de la competencia del tribunal cuya vacante se concursa, y con ellos se evaluará tanto la formación teórica como la práctica. Luego se realizará el examen oral y se someterá a los postulantes a un examen psicológico y psicotécnico.
Los antecedentes del candidato, tales como su ejercicio como funcionario o labores profesionales en el fuero que se pretende cubrir, las publicaciones científicas y ejercicio de la docencia tendrán otros 100 puntos.