04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024
Juicios contractuales contra el Estado

CIADI: el tribunal al que recurren las empresas

Según un relevamiento de DiarioJudicial.com, hay 29 causas pendientes de resolución contra la Argentina en el CIADI. La mayoría corresponden a las medidas tomadas durante la crisis de 2001. Durante el año pasado, cinco causas terminaron y le permitieron al país ahorrarse de pagar cerca de 3.300 millones de dólares.

 
El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) es el tribunal arbitral del Banco Mundial en el que las empresas demandan a los países por incumplimientos contractuales. Desde su creación, nuestro país fue uno de los más denunciados. Cuarenta y nueve expedientes desde 1997, año en que se realizó la primera denuncia, sumando los casos ya concluidos y los pendientes de resolución.

Actualmente, existen veintinueve casos pendientes de resolución contra la Argentina. Lo que significa una disminución de causas con respecto al año pasado. Ya que a comienzos del 2009 existían 34 causas por incumplimiento de contratos.

Durante el año pasado se concluyeron cinco causas que implicaban al país. Se trata de los casos: “Compañía General de Electricidad S.A. and CGE Argentina S.A”; “CIT Group Inc.”; “Telefónica S.A”; “Siemens A.G.” y “Azurix Corp”.

En tres de los cinco laudos concluidos, la solución llegó a partir de un acuerdo de partes. En el primero, “Compañía General de Electricidad”, se trataba de un inversor chileno que reclamaba montos a raíz de las medidas económicas dictadas en el país a partir de diciembre del 2001, en donde el reclamo rondaba los 125 millones de dólares. Acuerdo logrado en julio del 2009. Mientras que en “Telefónica S.A.” (juicio tambien iniciado por las medidas del 2001) la empresa reclamaba cerca de 2.834 millones de dólares.

El último caso resuelto a partir de un acuerdo de partes es la causa “Siemens S.A.”, allí la empresa resolvió retirar la demanda contra el país (lo que se concretó de manera conjunta frente al CIADI) en la que reclamaba por la rescisión del contrato de provisión de los DNI cuyo reclamo inicial ascendía a 550 millones de dólares, aunque sólo le había sido reconocido unos 220 millones.

Por otra parte, los restantes juicios que llegaron a su fin durante el 2009 se resolvieron de diversa forma. En “CIT Group Inc” el demandante reclamó compensaciones a raíz de la pesificación obligatoria por 180 millones de dólares. En mayo de este año el tribunal culminó con el arbitraje. Por su parte en el caso “Azurix Corp”, la empresa alega incumplimientos por parte de la Provincia de Buenos Aires del servicio de agua potable por un monto inicial que va de los 450,5 millones a lo 571 millones de dólares. Cuyo monto reconocido fue el de poco más de 165 millones de dólares.

Según datos brindados por la Procuración del Tesoro de la Nación, la resolución de estos cinco casos significó un ahorro de poco más de 3.300 millones de dólares con respecto a los montos que reclamaban las diversas empresas. La Argentina solo deberá abonar el monto correspondiente al laudo del caso “Azurix Corp”.

Desde la Procuración, además, destacan la importancia de diferenciar los casos entre los que tienen que ver con servicios públicos, donde la solución es diversa debido a su complejidad, y los que provienen de inversores privados en donde generalmente sale favorecido el país. Asimismo destacan que cerca del 80 por ciento de las demandas tienen que ver con las medidas de emergencia dictadas por el país durante el 2001.

No obstante, todavía existen veintinueve causas contra el país en el organismo internacional dependiente del Banco Mundial. Entre ellas se encuentra, por ejemplo, una causa derivada de la expropiación de aerolíneas argentinas. Es el caso “Teinver S.A. Transporte de Cercanías S.A. y Autobuses Urbanos del Sur S.A.” iniciado en enero del 2009. En enero del 2010 fue conformado el tribunal que deberá decidir sobre el reclamo por la por la re nacionalización de las líneas aéreas y sus subsidiarias. El mismo esta compuesto por el estadounidense Thomas Buergenthal (presidente del tribunal); Henri Álvarez (Canadá) y Kamal Hossain (Bangladesh).

Compartir



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486