02 de Julio de 2024
Edición 6997 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/07/2024

No soy jueza, pero quiero cobrar

Rosa Elsa Parilli, destituida por discriminar y amenazar a dos empleadas de tránsito, le pidió al Consejo de la Magistratura de la Ciudad que le permita seguir cobrando su sueldo hasta que la sentencia en su contra quede firme. El pedido se sustenta en que tiene vigente una licencia por “enfermedad de largo tratamiento” y en que todavía no se agotaron las instancias de apelación.

 
Esta semana, la ex jueza Rosa Elsa Parrilli, quien fuera destituida de su cargo por haber discriminado y amenazado a dos empleadas de tránsito, presentó una nota al Consejo de la Magistratura de la Ciudad solicitando que la destitución impuesta por el jury en diciembre del año pasado se “limite al desempeño de su función de magistrados” sin afectar sus haberes.

DiarioJudicial.com tuvo acceso al texto de la presentación realizada por la ex jueza y en él se detalla que “la decisión del jurado tiene como objeto y finalidad que el magistrado destituido por un jury de enjuiciamiento no continué en ejercicio del cargo aun antes de que la resolución que así lo dispone quede firme”.

Es por ello que “el temperamento a adoptar respecto del salario, debe ser diferente, en atención al carácter alimentario del mismo y al régimen de licencia por enfermedad que se encuentra aprobado y vigente”.

Según argumenta, al encontrarse en vigencia una licencia “por enfermedad de largo tratamiento” desde octubre del 2009 “deber ser aplicados los principios constitucionales en materia de salud, de derecho público y laboral”.

Asimismo agrega que el pedido en que en materia laboral “es unánime que ‘la caracterización jurídica del salario lleva implícita su consideración como medio de sustento del trabajador y de su familia, y con este alcance puede decirse que tiene carácter alimentario, explicándose a la vez la compleja y extensa regulación de que ha sido objeto”.

En definitiva solicita que se le siga pagando el salario hasta tanto se agoten todas las instancias de apelación que hay previstas contra la decisión del jurado de enjuiciamiento.

Las instancias de apelación a las que hace alusión Parrilli tienen que ver la posibilidad de presentar un recurso de arbitrariedad manifiesta, que tiene efecto devolutivo, ante el Superior Tribunal de Justicia porteño.

Ese es el único recurso plausible de ser presentado ya que la sentencia del jury no posee segunda instancia. Sin embargo, de realizar la presentación, esta no podrá versar sobre el fondo de la cuestión.

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dju / dju
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