04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Prórroga a la mediación obligatoria: el turno del Senado

Este martes se realizará en la Cámara alta un plenario de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales, Legislación General y Presupuesto y Hacienda para tratar varios proyectos sobre la mediación obligatoria. La ley actual está vigente hasta el 24 de abril.

 
Tras el feriado de Semana Santa, este martes a las 16.30 las comisiones de Justicia y Asuntos Penales, Legislación General y Presupuesto y Hacienda del Senado se reunirán con el objetivo de aprobar un dictamen para ratificar el carácter obligatorio de la mediación previa a todo proceso judicial.

En rigor, ese carácter ya está estipulado en la ley actual de Mediación (24.573) que establece la obligatoriedad de la mediación “previa a todo juicio” con la premisa de promover “la comunicación directa entre las partes la solución extrajudicial de la controversia”.

Esa misma ley en su primer artículo establece que “las partes quedarán exentas del cumplimiento de este trámite si acreditaren que antes del inicio de la causa, existió mediación ante mediadores registrados por el Ministerio de Justicia”.

La obligatoriedad fue ratificada con la media sanción, el 18 de noviembre del año pasado, de la Cámara de Diputados. En el Senado, según relataron a DiarioJudicial.com fuentes de las comisiones que se abocarán al tema, la discusión pasaba por extender la prórroga o dar un tratamiento más “abarcativo” a la ley que incluiría, entre otras cosas, la mediación familiar.

El problema de fondo es que la ley actual tiene vigencia hasta el próximo 24 de abril.

Del plenario de comisiones participarán los presidentes de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales, Sonia Escudero; Presupuesto y Hacienda, Eric Calcagno y Maillman; y Legislación General, Liliana Negre de Alonso, autora (junto con le senador Adolfo Rodríguez Sáa) de dos proyectos de ley para modificar los artículos 1º y 4º de la ley de Mediación (24.573).

El 11 de marzo último, Negre de Alonso y Rodríguez Sáa presentaron una propuesta para modificar el artículo 4º de la ley de mediación respecto a la designación del mediador.

Otro punto de discusión será el artículo 16 que, en su redacción original, estableció que “para ser mediador será necesario poseer título de abogado y adquirir la capacitación requerida y restantes exigencias que se establezcan reglamentariamente”, posición que es apoyada por el Colegio Público de Abogados de Capital Federal.

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dju / dju
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