La iniciativa, que fue presentada en la Cámara de Diputados en marzo de este año, en esencia conserva muchos puntos de aquel dictamen elaborado por el Senado. En cuanto a la integración, habla de jurados conformados por doce miembros titulares y seis suplentes.
La competencia de este tribunal de jurados serían “los delitos que en el Código Penal de la Nación, tengan prevista una pena privativa de libertad con un máximo en la escala penal que sea de cinco (5) años o superior, y los que con ellos concurran según las reglas de los artículos 54 y 55 de aquel ordenamiento siempre que deban ser juzgados simultáneamente con aquéllos”.
Los juicios deberán realizarse en la misma jurisdicción en que se cometió el hecho y será la Cámara Nacional Electoral la encargada de elaborar anualmente un registro de ciudadanos que cumplan los requisitos establecidos para integrar el tribunal.
En cuanto al proceso, se podrá disponer que quienes formen parte del tribunal “no mantengan contacto con terceros, disponiendo el alojamiento en lugares adecuados y los viáticos pertinentes”. Así como gozar de inmunidades por el hecho de su incorporación donde “ningún jurado titular o suplente podrá ser molestado en el desempeño de su función, ni privado de su libertad, salvo el caso de flagrante delito o cuando existiera orden emanada de juez competente en razón de haberse dictado en su contra auto de prisión preventiva”.
El juicio por jurados se intentó reglamentar varias veces en nuestro país. Tal como lo explica Yoma en sus fundamentos, “observamos que como legisladores tenemos aún una asignatura pendiente, que no data de la última reforma constitucional, sino de la Constitución sancionada en 1853/60” y agrega “aún no hemos reglamentado el juicio por jurados, pese a que en tres oportunidades el constituyente nos recuerda que esa ha sido su voluntad para el juzgamiento de crímenes en nuestro país”.
Asimismo, se aclara que “las provincias, como siempre, fueron precursoras de los cambios necesarios para llegar hoy a la implementación del juicio por jurados” y cita los casos de Córdoba y Chubut.
“El Juicio por Jurados conlleva un doble derecho. Primero el del ciudadano a ser juzgado por sus pares. Y en segundo término el de éstos de tener la posibilidad de participar en la administración de justicia. Es decir, ser jurados” concluye la iniciativa, que ya fue enviada a las comisiones de Presupuesto y Hacienda y Legislación Penal, aunque no figura en las reuniones de esta semana.
En 2004, el primer proyecto fue debatido en el marco de la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado, que se encontraba presidida por Cristina Fernández de Kirchner.