01 de Julio de 2024
Edición 6996 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/07/2024

Chaco: en nueve años, casi 1300 postulantes ya se anotaron para adoptar

Los datos surgen de un relevamiento elaborado por el Registro de Adoptantes de la provincia, un organismo que depende del Superior Tribunal de Justicia de Chaco. El organismo, creado en el 2001, recaba los datos de los postulantes, la nómina de menores y las copias de las resoluciones que dicten los juzgados.

 
Creado en septiembre del 2001 por la ley provincial 4369, el Registro Centralizado de Adoptantes de la provincia del Chaco, dependiente de la sala primera en lo Civil, Comercial y Laboral del Superior Tribunal de Justicia provincial, ya recibió cerca de 1.300 postulaciones para adoptar a un niño.

Tal como lo establece la legislación mencionada, el objeto del Registro es “confeccionar y llevar la lista de postulantes para el otorgamiento de adopciones”. Asimismo, se encarga de archivar las copias de las resoluciones de adopción que dicten los respectivos juzgados, y así posibilitar a los adoptados ejercer, en caso de quererlo, el derecho a conocer su identidad.

En concreto, en casi nueve años desde su creación, 1.284 postulantes se registraron para acceder a la adopción. Actualmente, el número de postulantes es de 625.

La importancia del registro, se establece en el artículo 51, ya que la nómina implicará prioridad en el otorgamiento de las adopciones que “sólo podrá ser alterada en su orden para mantener al menor en su medio”.

Según destacan desde del Superior Tribunal, con el sistema se logró contribuir y dar “claridad” y “orden” a las adopciones. Procurando así “evitar que el niño sea tratado como objeto de un contrato, tal como lo disponen las normas básicas de Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño”.

En cuanto al mecanismo legal y el funcionamiento, explican desde el Registro que para otorgar la guarda con fines de adopción, los jueces de menores seleccionan los guardadores entre los inscriptos que el Registro Centralizado de Adoptantes envía cada mes. La prioridad se establece para los postulantes con domicilio en la provincia y los más cercanos a la jurisdicción del juzgado otorgante.

Los solicitantes deben cumplir determinados recaudos como exámenes ambientales, psicológicos, ingresos, etc. en beneficio del niño. Sean locales o de otras provincias, los postulantes se inscriben en las distintas asesorías de menores de edad y defensorías civiles de la capital provincial y del interior.

Una vez reunidos los requisitos, el funcionario competente dispone la inscripción en el registro, que, a su vez, luego comunica a la Asesoría o Defensoría interviniente el número que se le asignó al postulante, para que el dato se incorpore a su legajo.

La inscripción tiene dos años de validez y debe solicitarse su renovación 30 días antes del vencimiento. De lo contrario, el postulante será dado de baja o tendrá que reinscribirse, perdiendo el orden original de prioridad. Es por ello que actualmente el número de postulantes es de 625, aunque también puede darse de baja voluntariamente, por cuestiones reglamentarias o por sentencias de adopción favorables a los postulantes.

“El tiempo transcurrido entre el inicio del trámite y la entrega de un niño en guarda preadoptiva es variable y depende de las situaciones que ameriten se decrete -por el juez competente- el estado de abandono y adoptabilidad de ese niño” culminan.

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dju / dju
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