19 de Julio de 2024
Edicion 7009 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/07/2024

La industria del juicio siente los efectos de la recesión

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La historia de los juicios contra el Estado tiene un costado patético y paradójicamente injusto. Es una historia en dónde algunos se enriquecieron con rapidez, y otros –los más- fijaron sus expectativas en un dinero que aunque merecían, o bien llegó tarde, o llegó en forma de bonos, o en algunos casos nunca llegó (léase, reajustes previsionales).

Es también una muestra de cómo ciertos profesionales de parte actora ganaron cientos de juicios, mientras que los profesionales de la demandada curiosamente bajaron los brazos y se dejaron vencer convalidando así las pretensiones de la contraparte. Vaya como ejemplo el caso de Ferrocarriles Argentinos (cuyos entes residuales aún son demandados en el fuero Contencioso Administrativo Federal) que se dio en una época en la que “sacarle dinero al Estado era una empresa relativamente fácil y altamente rentable”, para quienes tenían los contactos adecuados. Finalmente, es la historia de las demandas por montos exorbitantes, alejados de toda proporción. En un momento dado, el mayor acreedor del Estado era un particular, José María Cantos, quien reclamaba a las arcas del tesoro algo así como 800 millones de dólares, por la supuesta expropiación de una propiedad. Luego la Corte Suprema de Justicia, desestimó la demanda, que durante años recorrió las distintas instancias del fuero. Pero también hubo y hay empresas privadas como por ejemplo Pluspetrol, de esa larga lista de 350.000 juicios por más de 19.000 millones de dólares.

Sin embargo, dentro de éste listado son mayoría aquellos que reclaman por sus intereses legítimos e impolutos. Y ahora, nuevamente verían lesionados sus derechos con el proyecto de emergencia económica que planea el gobierno de la Alianza.

Tal vez por ser un área tan controvertida y sensible, la de los juicios contra el Estado es la primera en ser mirada por los gobiernos, ni bien descubren el agujero fiscal con que se encuentran cuando asumen. Sea por 90 ó 180 días, lo den vuelta de un lado a otro, el proyecto de suspender los plazos procesales en las demandas que impliquen cobro de sumas de pesos contra el Estado es notoriamente inconstitucional. Sobre todo si pretende hacer excepciones en algunas demandas y en otras no. Es obvio que lesiona la garantía de defensa en juicio establecida por la Constitución Nacional.

Pese a que todavía no se conocen los detalles ni la reglamentación del proyecto de ley, aparecen varias preguntas. Por ejemplo, parece evidente que la suspensión corre únicamente para aquellos pleitos en donde el Estado es demandado, pero no para aquellos en que el mismo se constituye en parte actora. Resulta improbable pensar que la D.G.I. una protagonista diaria de los fueros federales- deje de producir las alrededor de 300 demandas diarias por ejecuciones fiscales, precisamente ahora que se prioriza la recaudación sobre todas las cosas. De manera que podrían darse situaciones injustas. Tal vez contribuyentes demandados que no puedan reconvenir, o iniciar a su vez juicios contra el ente recaudador exigiéndole el pago de sumas ya abonadas, o reclamar por otras irregularidades que se suceden en los procedimientos impositivos. .

Por eso, nuevamente serán lesionados los intereses del común de la gente. De aquellos que nunca participaron de ninguna “fiesta”, y que solicitan al Estado aquello que creen legítimamente les corresponde. Supuestamente, las excepciones al proyecto estarían dadas por las demandas contra el Banco Nación y por ciertos asuntos relacionados con el comercio exterior.

Es de esperar que la exposición de motivos sea suficientemente explicativa de estas cuestiones, y que el proyecto de muestras de buena voluntad a favor de aquel litigante particular, que sólo intenta que se le reparen los daños que el Estado les causó.



silvia raffo / dju
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