El dictamen mayoritario aprobado por ambas comisiones sostiene la incorporación del inciso 2 del artículo 81 al Código Penal, donde “se impondrá prisión de seis meses a tres años a la madre que matare a su hijo durante el nacimiento o mientras se encontrara bajo la influencia del estado puerperal”.
El infanticidio como tipo penal fue derogado en 1994 con la sanción de la Ley 24.410, según consta entre los fundamentos de la iniciativa presentada por Diana Conti (FpV), esto implicó que “todos los supuestos en que la madre da muerte a su hijo (filicidio) constituyan un homicidio agravado por el vínculo, al cual le corresponde una pena privativa de la libertad perpetua (…), a menos que se considere que están presentes las circunstancias extraordinaria de atenuación determinando que la escala penal aplicable es de 8 a 25 años de privación de la libertad”.
Sin embargo, y más allá de que la propuesta de Conti contó con el apoyo de Fernanda Gil Lozano (CC), Ricardo Gil Lavedra (UCR), Liliana Parada (Proyecto Sur), Carlos Kunkel (FpV), Oscar Albrieu (FpV), y Horacio Alcuaz (GEN), entre otros legisladores, se remitieron también al recinto otros dos dictámenes en minoría. Uno firmado por Natalia Gambaro (Peronismo Federal) y Patricia Bullrich (CC), en el que se propone una pena entre 3 y 12 años de prisión; y otro presentado por Juan Carlos Vega (CC) donde se sostiene que se tiene que fijar un plazo de entre 8 y 15 días como el período en el cual la pena por matar a un recién nacido sea atenuada.
Otro tanto sucedió en la Comisión de Justicia, donde se aprobó un dictamen que equipara el monto del resarcimiento para las víctimas de la Amia con el establecido para las víctimas del Terrorismo de Estado durante la última dictadura. Sin embargo, los pagos se realizarían en bonos y el tiempo para realizar el reclamo sería de 5 meses.