El Procurador ante la Corte Suprema Luis González Warcalde consideró en su dictamen, que el expediente debería quedar a cargo del juez en lo Penal Económico Jorge Brugo “por razones de economía procesal, mejor administración de justicia y en aras de garantizar un amplio ejercicio del derecho de defensa”.
El Procurador ante la Corte Suprema Luis González Warcalde consideró que debe ser el juez en lo Penal Económico Jorge Brugo quien continúe investigando la causa que se inició en 2008 por el ingreso al país de autos de lujo mediante franquicias presuntamente irregulares para diplomáticos de misiones extranjeras.
González Warcalde sostuvo que la instrucción del sumario debía quedar a cargo de Brugo “por razones de economía procesal, mejor administración de justicia y en aras de garantizar un amplio ejercicio del derecho de defensa” de los diplomáticos involucrados.
En un fallo que publicó DiarioJudicial.com una semana atrás, el juez Brugo declaró la “incompetencia parcial” de su juzgado a favor de la Corte Suprema al sugerir una interpretación “amplia” del artículo 117 de la Constitución que señala las competencias originarias del Máximo Tribunal.
“(…) La posibilidad de admitir la competencia originaria (…) con relación a funcionarios diplomáticos que ya habrían cesado funciones en nuestro país devendría necesaria a efectos de resguardar las relaciones internacionales con un manto de seguridad jurídica que solo el más Alto Tribunal de nuestra República puede otorgar”, consideró el magistrado en la sentencia suscripta en el mes de septiembre.
En su dictamen, González Wercalde recordó que la causa por los “autos truchos” se inició por una auditoría del Ministerio de Relaciones Exteriores de la que surgieron “ciertas irregularidades con la importación, circulación y nacionalización de automotores ingresados al país con franquicia diplomática”.
El Procurador ante la Corte indicó que los automóviles que ingresaron al país (camionetas Hummer y coches BMW y Porsche) al “amparo” del “beneficio tributario” con el que cuentan los diplomáticos “habrían sido importados, en realidad, con la finalidad de ser enajenados a terceras personas extrañas a ese régimen especial” quienes de esa forma evadían “los correspondientes tributos de la operación, en burla al debido control aduanero”.
El fiscal añadió que dado que los casi 40 diplomáticos señalados “habrían cesado en las funciones que desempeñaron con rangos de aforado (…) no gozan del privilegio conferido por el artículo 117 de la Carta Magna” y, en su opinión, “no existe fundamento legal alguno que habilite la competencia originaria” de la Corte.
Sin embargo, González Wercalde admitió que tanto Myriam Ximena Guzmán Pinilla -Vicecónsul de la República de Bolivia- como Yemba Lohaka -Encargado de Negocios de la Embajada de la República Democrática del Congo- “se encontrarían aún acreditados en nuestro país” y por ese motivo, a ellos les correspondería “la jurisdicción originaria de la Corte”.
González Wercalde pidió que se determine a través de la Cancillería si Guzmán Pinilla y Lohaka “siguen teniendo status diplomático, en los términos de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, supuesto que, una vez acreditado, obligará a requerir al Estado al cual representan la conformidad (…) para ser sometidos a juicio”.