20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Los perros no son bienes gananciales

La Justicia de Salta desestimó el pedido de un hombre que, en el marco de un juicio de divorcio, pretendía incluir como bienes gananciales a tres perros.

 

La Sala Quinta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Salta, integrada por Mario D´Jallad y Oscar Gustavo Koehle, rechazó un recurso presentado por una persona que pretendía incluir como bienes gananciales a tres perros.

En la causa “ARR vs RSB – Liquidación de Sociedad Conyugal” donde uno de los integrantes de la sociedad conyugal –el marido- presentó un recurso por la “falta de reconocimiento patrimonial al reclamo de los animales-canes”. Ello más allá de que en la instancia anterior se le haya hecho lugar a su pedido sobre un inmueble que compartía la pareja.

Los camaristas recordaron que “las partes han dividido con anterioridad los muebles de la sociedad conyugal”, razón por la cual “resulta contrario a la buena fe, entonces, reclamar bienes ahora, que ya fueron divididos de común acuerdo entre las partes”.

Sin embargo, al adentrarse en el pedido particular de incluir a los canes como bienes gananciales, los jueces explicaron que “la Magistratura (entendida como un sacerdocio civil, como una de las tareas humanas laicas más sublimes), toda vez que contribuye a mantener la paz social, intentando aspirar diariamente, dar a cada uno lo suyo, se ve empañada en esta concepción, pues nos toca a los jueces analizar el carácter ganancial o no de perros criados durante épocas de armonía conyugal”.

En el escrito presentado por el hombre mencionaba a tres perros, Marion, Ira y Sheik, pero se constató que dos de ellos eran de la hija de la demandada. Los jueces sostuvieron que “hacer depender de una perra, por extraño designio llamada “Ira”, la sociedad conyugal, no parece atendible”.

“En todo caso, mas parecería la proyección de cuestiones matrimoniales irresueltas”, agregan que “la pareja dejó de convivir hace siete años. Tiempo durante el cual el actor no tuvo contacto con los perros”.

 



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