20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Litigios por accidentes de tránsito

Salta se sube al tren de la mediación

Estos procesos civiles por daños y perjuiciosahora también cuentan con la instancia de mediación, gracias a la acordada 10.889 que aprobó la Corte provincial. Se suma a un proyecto para que los procesos ejecutivos sumarísimos puedan resolverse implementando esta recurso.

 

La Corte de Justicia salteña autorizó, por medio de la acordada 10.889, a que los jueces de los Fueros Civil y Comercial puedan remitir los procesos de daños y perjuicios por accidente de tránsito a los Centros Judiciales de Mediación, sin importar la instancia del trámite. Esta medida está enmarcada en el marco de la implementación del sistema de Mediación, reglamentado en agosto de 2009 por el Ejecutivo y puesto en marcha paulatinamente desde entonces.

Según afirma el texto de la acordada, esta medida busca “optimizar el servicio de justicia y contribuir al cambio cultural que lleve a cada ciudadano a asumir su responsabilidad personal frente a la disputa”. Y agrega que "se procura, garantizarle al ciudadano el acceso a la justicia en un sentido amplio, sin que esto signifique llegar al sistema judicial sino a otros servicios de tutela que incluyan los medios alternativos de resolución de conflictos”.

Además, esta medida va acompañada de la reciente conformación del Cuerpo Permanente de Mediadores, a la vez que se inauguraron tres Centros de Mediación Judicial más, en San Ramón de la Nueva Orán, San José de Metán y Tartagal.

Uno de los principales fundamentos que sostuvieron los dirigentes del Poder Judicial es que la mediación prejudicial obligatoria permitió que el 20% de las causas que pasan el fuero Familia, y parte del Civil y Comercial, se reduzcan, solucionándose en esta instancia.

En otro orden, la Corte de Justicia también remitió un proyecto a la Legislatura salteña para que se modifique un artículo de la Ley 7.324 para permitir que algunos juicios ejecutivos pasen por la instancia de la mediación.

Según aseguraron los magistrados pasaran por los Centros de Mediación “los procesos de ejecución y los de trámite sumarísimo", y la excepción ser para "los juicios ejecutivos hasta un monto máximo que será establecido por Acordada de la Corte de Justicia en prueba piloto”.

En la redacción de la Ley 7.324 de Mediación Judicial de Salta se excluyó expresamente a los procesos ejecutivos. Por eso, desde la Corte de Justicia aseguraron que en 2010 más de la mitad de los juicios ejecutivos no tuvieron reclamos mayores a dos mil pesos. De allí que se busque con la iniciativa alcanzar a los juicios ejecutivos hasta determinado monto.
 



dju

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