22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024
Media sanción en la Cámara Alta

Protección integral para los trasplantados

La Cámara Alta dio media sanción a un proyecto de Ley que contempla la creación de un Sistema de Protección Integral para las Personas Trasplantadas, entre otros puntos destacados.

"El proyecto en sí salió del seno del INCUCAI", aseguró la senadora Sonia Escudero, que fue quien presentó la normativa en la Cámara Alta.

Por eso, este miércoles, a pesar de que no hubo dictamen de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, las modificaciones a la Ley de Trasplantados fueron aprobadas por los senadores, y el proyecto ya se dirige a la Cámara Baja.

En primera instancia, la nueva normativa prevé la creación de un Sistema de Protección Integral para las Personas Trasplantadas, cuyo objetivo es "proveer los instrumentos necesarios para facilitar su integración familiar y social, mediante la atención médica integral, educación, seguridad social e inserción laboral adecuadas a su condición tales".

Además, se estima que el organismo para cumplir y hacer cumplir todas las disposiciones del Proyecto será el Ministerio de Salud.

Por otra parte, de aprobarse la Ley en diputados, las obras sociales y empresas de medicina prepaga tendrán que brindar a las personas trasplantadas una cobertura del 100% "en la provisión de medicamentos, esté o no la patología directamente relacionada con el trasplante, así como en los estudios diagnósticos y prácticas de atención de su estado de salud".

También se otorgará a los trasplantados un "Pase Libre", emitido por la Secretaría de Transporte para que puedan acceder al uso gratuito de cualquier medio de transporte, "siempre que su traslado se efectúe para cumplir los objetivos de esta ley".

A través del Ministerio de Salud, se deberá promover ante los organismos pertinentes acciones que faciliten a los trasplantados la adquisición de una "adecuada unidad habitacional o la adaptación de su vivienda a las exigencias que su condición de trasplantada le demande".

El artículo nueve de la normativa estipula que "ser trasplantado no será causal de impedimento para el ingreso o continuidad de una relación laboral, tanto en el ámbito público, como en el privado".

A este respecto, el proyecto también estima que los empleadores pueden acceder al "cómputo de una deducción especial en el Impuesto a las Ganancias equivalente al 70% de las retribuciones que abonen a personas trasplantadas en cada período fiscal".

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social deberá promover programas de empleo destinados a pacientes trasplantados, así como el Estado brindará una asignación mensual equivalente a una jubilación mínima a "las personas trasplantadas mayores de edad que estén en situación de desempleo forzoso, y no cuenten con ningún otro beneficio de carácter previsional".

Los chicos también fueron contemplados. De sancionarse la Ley en Diputados, el Ministerio de Educación "facilitará, en coordinación con las autoridades educativas jurisdiccionales, formas de enseñanza grupal o individualizada que permitan cumplir con las exigencias de los regímenes de educación de carácter obligatorio".



dju
Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486