17 de Julio de 2024
Edicion 7007 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 18/07/2024

Gallardo: destapá felicidad

El Consejo de la Magistratura de la Ciudad desestimó una denuncia realizada por Coca-Cola contra el juez contencioso porteño Roberto Gallardo por su actuación en el expediente del polémico cartel luminoso de la multinacional en las avenidas 9 de julio y Corrientes. Por qué el magistrado no irá a jury.

En un plenario extraordinario realizado el pasado lunes, el Consejo de la Magistratura de la Ciudad desestimó comenzar el juicio político contra Roberto Gallardo, titular del juzgado Contencioso Administrativo y Tributario N° 2 y juez subrogante en el N°6.

La votación de los consejeros fue por mayoría, puesto que Horacio Corti –presidente-, Patricia López Vergara, Javier Concepción y Daniel Fábregas votaron a favor de la desestimación de la denuncia ya que no encontraron motivos sustentables para comenzar con el proceso de juicio político.

Por su parte, el consejero Santiago Otamendi a diferencia de los demás, durante la votación sostuvo que previo a decidir si debía comenzarse o no un juicio político había que citar al magistrado al Consejo.

La única de los consejeros que votó a favor de que se abra el proceso de remoción fue la representante de los abogados allegada al macrismo, Gisela Candarle, ya que entendió que “las constancias del expediente tienen suficiente mérito” para ello.

La denuncia desestimada fue presentada por la empresa Coca Cola Argentina S.A. contra el magistrado a raíz de considerar que este incurrió en mal desempeño en sus funciones puesto que decidió prohibir el funcionamiento de una pantalla de LED que fue instalada en la avenida 9 de Julio y Corrientes y que por orden del juez está apagada desde julio del año pasado.

La decisión se dio a partir de un amparo presentado por tres legisladores, Eduardo Epsztein, Aníbal Ibarra y Martín Hourest, quienes habían denunciado que el cartel violaba la ley que regula la publicidad. Los mismos legisladores en septiembre del año pasado celebraron un acuerdo con la empresa y sostuvieron que la pantalla cumplía con los requisitos que establece la ley.

La empresa indicaba que había que apartar al magistrado por “una serie de irregularidades en el modo en que llevó la causa, violando principios constitucionales tales como el derecho de defensa en juicio en diversas instancias". Para la compañía "entre otras arbitrariedades, el juez ordenó medidas dilatorias e incumplió plazos procesales difiriendo el tratamiento del caso".

Ahora, en el pleno, los consejeros decidieron que el expediente “CM Nº DCC-060/1-0 s/ Denuncia formulada por Martín Franzini firma Coca-Cola Argentina S.A. c/ Juez Subrogante a cargo del Juzgado CAyT Nº 6” no siguiera más su curso y rechazaron el pedido impulsado por la multinacional.

Según la empresa suman más de 16 millones de pesos los gastos en los que ha incurrido desde que instaló la pantalla en pleno centro porteño. Ello puesto que sigue pagando al concesionario del espacio 127 mil pesos mensuales.

 



dju

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486