20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

No al per saltum

La Corte Suprema suscribió dos resoluciones en referencia a Otilio Romano. En una de ellas rechazó un per saltum presentado por el suspendido y prófugo Romano, junto con el también juez mendocino Julio Petra. Mientras que en la otra autorizó la contratación de relatores para el jury contra Romano.

En los últimos días la Corte Suprema firmó dos resoluciones que tocan de cerca al prófugo y suspendido Otilio Romano. En una de ellas rechazó un per saltum, presentado hace un año, y en la otra designó relatores para el jurado de enjuiciamiento que se realizará contra Otilio Romano.

Con respecto al per saltum, la Corte Suprema suscribió la resolución 2634/11en la rechazó el planteo presentado por el suspendido camarista Romano, junto con otro magistrado mendocino Julio Petra, que también se encuentra denunciado en el Consejo acusado de “liberar a todos los represores de Cuyo y acusan de mal desempeño en el cargo”.

Petra y Romano, curiosamente, solicitaron la “avocación por juicios de lesa humanidad”. Concretamente le pidieron a la Corte que “en orden a sus facultades superiores, intervenga y haga cesar las demoras en el trámite de las causas por delitos de lesa humanidad ocasionadas, según manifiestan, por los reiterados pedidos de excusación por parte del Ministerio Público Fiscal y los abogados querellantes de los Derechos Humanos”.

Sin embargo, el Máximo Tribunal, con las firmas de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda, resolvió “no hacer lugar a lo solicitado”, argumentando que “toda vez que se requiere la intervención de esta Corte contra conductas procesales adoptadas por las partes en el trámite de una causa judicial, no corresponde la actuación del tribunal por vía de superintendencia, toda vez que, como principio, no resulta una vía hábil para la revisión de actos jurisdiccionales, pues aquellos sólo pueden ser resueltos en la causa judicial y mediante los recursos correspondientes”.

En otro orden de cosas, mediante la resolución 2587/11 también el Tribunal autorizó la contratación de siete relatores para que se desempeñen en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados “con motivo de haberse iniciado el proceso de remoción seguido al magistrado Romano”.

Los contratos de estos agentes tendrán vigencia entre el 25 de agosto y el 25 de febrero del próximo año, aunque según sostienen fuentes del jurado, el juicio político comenzaría en diciembre próximo.

La resolución, firmada por la vicepresidente de la Corte Elena Highton de Nolasco, dispone también “autorizar a la Dirección General de Administración Financiera a imputar el gasto resultante de lo dispuesto con cargo a la cuenta pertinente para el corriente ejercicio financiero y el del año próximo”.

 



dju

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