20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Para la Magistratura no tuvo las "condiciones morales"

La caída del ´Imperio´ Romano

El jury destituyó, por decisión unánime, al camarista prófugo Otilio Roque Romano por “mal desempeño” en sus funciones. “Cuando más se necesitaba la garantía de contar con funcionarios judiciales independientes… él desdeñaba reiteradamente los reclamos” sostuvo el jurado de enjuiciamiento en el fallo.

“Remover al señor juez doctor Otilio Ireneo Roque Romano, integrante de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, por haber incurrido en la causal constitucional de mal desempeño”, fueron las palabras precisas con las que Marcelo Bová, secretario del Jurado de Enjuiciamiento del Consejo de la Magistratura, leyó las conclusiones del fallo que culminó con el desempeño de Romano como juez de la Nación.

El jurado de enjuiciamiento, presidido por María Alicia Noli, e integrado por María Susana Najurieta, los senadores Rolando Bermejo y Emilio Alberto Rached, los diputados Oscar Albrieu y Ricardo Buryaile y el abogado Fabián Antonio Sahade, consideró que el ahora ex magistrado prófugo, omitió denunciar e investigar delitos cometidos durante la última dictadura militar mientras cumplió funciones como fiscal federal lo que denota una falta de “condiciones morales para ostentar tan alto honor” por lo que “no merece continuar ejerciendo la magistratura”.

Entre el público se encontraba Ángela Urondo, hija de Paco Urondo, y varias personas que tenían carteles con la leyenda “Romano a la jaula, te llegó la hora de la Justicia”. También pudo verse al presidente del Consejo de la Magistratura, Mario Fera, y al representante académico, Manuel Urriza, mostrando apoyo a lo realizado por quienes ejercieron durante el proceso el rol acusador: Hernán Ordiales, representante del Ejecutivo, y Carlos Moreno, consejero diputado.

Durante los alegatos, la defensa técnica de Romano, ejercida por Estela Fabiana León sostenía que “no se puede pretender juzgar con parámetros de hoy situaciones que ocurrieron en los años setenta” ya que se trata de “temas del pasado, que es donde ocurrieron los hechos”. Lo que fue rechazado por el Tribunal.

En cuanto a los siete cargos presentados contra el magistrado por la parte acusadora los jueces coincidieron con la mayoría de ellos argumentando que “no propuso ninguna medida de investigación o de trámite respecto de denuncias de secuestro o de desaparición de personas” ya que “omitió la investigación de delitos de torturas, apremios ilegales y violaciones” de los que tomó conocimiento mientras ejercía su función de fiscal federal.

Así, por ejemplo, omitió denunciar penalmente los delitos de los que fuera víctima Luz Amanda Faingold Casenave en ocasión de su detención en 1975 cuando era menor de edad y fue violada en el Departamento Central de Policía (conocido como el D2) de Mendoza. Asimismo el jury destacó que “nada hizo” respecto de los delitos de torturas, violaciones y robos que tres testigos (Glogowski, Calvo Gutiérrez y Yanzó) pusieron en su conocimiento durante sus indagatorias.

No quedó fuera del fallo del jury el hecho de que Romano se haya profugado del país, el día previo a que el Consejo lo enviara a juicio político, ya que lo consideraron que una “impropia actitud” ya que “al no haberse presentado a estar a derecho ante la jurisdicción que lo reclama y haber solicitado asilo en el extranjero, persistiendo de esta forma en otra postura omisiva que agrava aún más su disvalioso proceder y corrobora su falta de idoneidad para continuar desempeñándose como Juez de la Nación”, concluyeron.

Es que, para el tribunal, en el contexto de la dictadura en que Romano se desempeñó “paradójicamente, cuando más se necesitaba la garantía de contar con funcionarios judiciales independientes, que sin requerírseles actos de arrojo o de peligro para sus vidas, se les exigía la valentía de actuar con firmeza y sobretodo rectitud en su conducta procesal, él desdeñaba reiteradamente los reclamos, denuncias”.

 



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