20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Devolución anticipada pero pesificada

En medio de la multitud de acciones judiciales que procuran la declaración de inconstitucionalidad de la pesificación, el Banco Central dispuso que a partir del 2 de enero de 2003, los bancos estarán habilitados para devolverles la totalidad de los depósitos reprogramados a sus clientes. TEXTO COMPLETO DE LA COMUNICACION "A" 3555 DEL BCRA

 
Tal lo que surge de la Comunicación 3555 del Banco Central, que dispone que “a partir del 2 de enero de 2003 y sujeto a las condiciones que oportunamente el Banco Central establezca, las entidades financieras podrán precancelar a su valor nominal -incluyendo intereses devengados no vencidos- recalculado, de corresponder, en función de la aplicación del "Coeficiente de Estabilización de Referencia" (CER), certificados de depósitos reprogramados emitidos por ellas."

Como se ve, la medida no es obligatoria, sino que cada entidad deberá resolver si está dispuesta a pagar anticipadamente o seguir con el cronograma previsto, que finaliza en el 2005. La decisión tiene que ver con un “pedido” del FMI para que se libere lo antes posible el "corralito".

Entonces, se verá cual será la estrategia de los bancos quienes deberán decidir entre proteger su liquidez o intentar recuperar su credibilidad ante los clientes. Hay que destacar que, en total, los plazos fijos reprogramados ascienden a $ 44.000 millones.

Este es un nuevo factor para tener en cuenta a la hora de elegir si se canjea el depósito por los bonos que emitirá el Estado o es preferible mantenerse en la reprogramación. La apuesta es que sea el banco quien le rescate en nueve meses la totalidad del dinero del depósito pesificado.

De todas formas, debe quedar claro que lo que se podrá devolver anticipadamente son los depósitos a plazo fijo originalmente realizados en dólares, que fueron pesificados a 1,40 y reprogramados. Los ahorros serán devueltos en pesos, no en dólares. Para los inversores que tengan esta posibilidad, se les asegura una rentabilidad equivalente a la tasa de interés que tenían esos plazos fijos, el 2% anual, más el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER).

Por otra parte, como la misma Comunicación lo establece, hay que esperar que el Central dicte la reglamentación de esta medida, por lo que todavía no se sabe cómo se realizaría la devolución.

Los ahorristas tendrán ahora todas las opciones: mantener sus plazos fijos, canjearlos por los bonos, confiar en la palabra del banco donde tienen sus depósitos o impugnar judicialmente la constitucionalidad de la pesificación a 1,40.



dju / dju
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